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viernes, 14 de junio de 2013

Las familias del CEIP Jhon Lenon contra la prueba de cinco años (y... 2)

En este segundo post adjuntamos más carteles que las familias del Jhon Lenon han distribuido por todo el centro y la carta que han enviado a la dirección del centro y a la DAT. 
Intentaron aplicársela el pasado día 13. Y HAN CONSEGUIDO PARARLA!!!
Puede servir de modelo para muchas otras familias del resto de CEIPS, también para aquellas de los que no han sido seleccionados pero que, viendo lo que está ahora ocurriendo, puede que al año que viene lo sufran como un examen generalizado.
SÍ SE PUEDE!!!
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Att:  DIRECCIÓN CEIP y/o
Att. DIRECCIÓN ÁREA TERRITORIAL MADRID-
Consejería de Educación, Junventud y Deporte
Comunidad de Madrid  C/... 28   MADRID
-       (nombre)
-     (dirección)
-       DNI:

Como padre/madre y tutor/a responsable de mi hijo/a                                              de     años , vengo a manifestar mi RECHAZO a la prueba de evaluación externa de habilidades lecto-escritoras y de conocimiento de operaciones numéricas y de cálculo, que se realizará el día    de     en el colegio, o en cualquier otro momento que la autoridad educativa considera no tener que informarme previamente.
·         He sido informado/a de tal prueba como “ficha de Educación Infantil de cálculo y lectoescritura, destinada a hacer un estudio general de funcionamiento de esta etapa en la Comunidad de Madrid”, en los últimos días.
·         Que “dicha ficha la realizará mi hijo/a con el inspector que corresponde a nuestro centro junto con la tutora”.
·         “Que no aparecerá en ella el nombre de los alumnos, ya que es anónima, y la corregirá posteriormente la propia tutora”.
·         Conozco también que esta prueba de evaluación externa se aplicará sólo a una de las dos aulas de Educación Infantil de 5 años del colegio.

Considere mi rechazo, PORQUE:
·         La Educación Infantil tiene carácter voluntario (artículo 2.2. Decreto 17/2008 de la Comunidad de Madrid) y no es etapa obligatoria ni certifica titulación académica.
·         El artículo 15.2, afirma que la evaluación del aprendizaje del alumnado será “global, continua y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación”. En ningún momento se habla de pruebas evaluadoras externas, que midan el grado de aprendizaje de estas dos materias de enseñanza.
·         El artículo 15.5 afirma que “la Consejería de Educación establecerá los criterios sobre el proceso de evaluación del alumnado y sobre las decisiones que se deriven de dicho proceso”. Pero no se habla en ningún momento de pruebas evaluadoras externas, sino de criterios y decisiones.
·         El ANEXO I del Decreto 17/2008, habla de “lograr los objetivos propuestos al final del segundo ciclo de la Educación Infantil y de llevar a cabo una valoración cualitativa de los objetivos conseguidos y del nivel de madurez alcanzado por cada niño, como referencia para la planificación e inicio de la Educación Primaria”. En ningún momento se cita una prueba evaluadora externa.

Esta prueba convertida en “ficha” injustificada, carece de valor ni entiende de utilidad (al menos nadie me la ha contado). La valoración cualitativa es un proceso continuo, no una prueba/dictado de escritura, no una prueba/examen sobre series numéricas de números o sumas sencillas.
Si no  sirve para nada; para qué.
Y si sirve la autoridad educativa nos habría explicado; su utilidad y seguimiento para la etapa de Educación Primaria, ¿cómo afectará esta decisión a mi hijo/a? ¿Servirá para clasificarle y destinarle a centros que discriminen entre niños y niñas que sepan leer y escribir sin faltas de ortografía y sepan sumar sin equivocarse?, por qué una clase sí y otra no, qué utilidad tiene la prueba para niños/as con capacidades diferentes/necesidades educativas desde los 3 años hasta aquí,…

Por todas estas razones, como representante legal de                                            , me opongo y no autorizo a que se pase esta prueba externa, evaluación externa, ficha,… o cuantos otras denominaciones pudiera adoptar. Informándole  que tomaré cuantas acciones legales sean necesarias en caso que se realice sin mi consentimiento.
Así se lo hago constar en                 , a      de        201 .

                                                                       Firmado:

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