domingo, 30 de marzo de 2008

Acto informativo en Getafe

En el siguiente enlace podéis obtener información de cómo fue el acto que celebramos el 27 de marzo en Getafe http://www.getafecapital.com/index.php?option=com_content&task=view&id=1253&Itemid=10158

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Concentración el 3 de abril: Por la dignidad de la educación infantil

Todas las organizaciones implicadas en la Mesa de Infantil de Madrid (Plataforma 0-6, CCOO, CGT, FAPA Giner de los Ríos, Consejo de Madrid de la Revista Infancia, Federación de MRPS de Madrid, Junta de Portavoces, UGT, Sindicato de Estudiantes) convocan a la concentración que tendrá lugar el jueves día 3 de abril a las 6 de la tarde frente a la Consejería de Educación y el lema unitario será:Por la dignidad de la Educación InfantilNo a los Decretos de requisitos mínimos y del currículo de la Educación InfantilNo a la privatización de la Educación Infantil.
El éxito de la concentración anterior debe ser superado para que vean que no nos vamos a rendir.La Mesa de Infantil elaborará próximamente un calendario de acciones que, a medida que se vayan aprobando por todos los grupos, iremos publicando en nuestro blog.Os esperamos a todos bien provistos de pancartas, camisetas e ilusión.

Actos informativos de la Plataforma

El próximo martes 1 de Abril tendrán lugar dos actos informativos a los que ha sido invitada la Plataforma de Madrid y a los que a su vez os invitamos a todos y todas. Uno de ellos tendrá lugar en Pinto, en el salón de actos del Centro Cívico Infanta Cristina. El otro se desarrollará en el CAP de Navalcarnero. Ambos comenzarán a las 17:00 horas.
Os esperamos.

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Concentración ante la DAT Sur

El próximo martes, 1 de abril, a las 17:30 horas, habrá una concentración ante la DAT Sur, sita en c/ Maestro, en Leganés, para protestar por los atropellos que sufre y padece la escuela pública.
La convocatoria de esta concentración la han hecho sindicatos de la enseñanza.

Asamblea informativa en Getafe

El próximo miércoles 2 de Abril a las 12:45 en el C.E.I.P. "Gabriel García Márquez" tendrá lugar una asamblea informativa convocada por CCOO, AMPE, UGT, CSI-CSIF y STEM.

Los asuntos a tratar serán: *Reactivación de la Mesa Sectorial de Educación y defensa de la enseñanza pública. *Desarrollo del Acuerdo Sectorial (reducción lectiva a mayores de 55 años, tutorías, licencias y permisos, itinerantes) *Pago de trienios a interinos *Mejora de condiciones laborales y retributivas. *Desarrollo del Plan Concilia. *Nuevo acuerdo educativo. Titularidad y gestión pública de los centros docentes públicos. Paralización de las privatizaciones. Es seguro que en otras zonas se realizarán también actos como el presente, como no tenemos otra información sólo podemos ofreceros esta convocatoria pero si os informáis en las distintas zonas seguro que existen. La educación pública y por supuesto la etapa de Educación Infantil corren un serio peligro. Tenemos que movilizarnos compañeras y compañeros.

Movilizaciones futuras

Las próximas concentraciones previstas están fijadas para los días 15 y 29 de Abril, ambas a las 18:00 horas frente a la Consejería de Educación.

Así mismo los días 7 y 22 de Mayo están previstas jornadas de huelga para la Enseñanza Pública. Por su parte la Mesa de Educación Infantil se reunirá el próximo día 9 de Abril para determinar las próximas actuaciones. Estamos en marcha.

sábado, 29 de marzo de 2008

Editorial de Escuela sobre la Educación Infantil analizando la realidad de Baleares y la de Madrid

Escuela 3780, 13 de marzo de 2008
EL EDITORIAL DE LA SEMANA
La Educación Infantil, 0-3 años, según qué comunidadLa Educación Infantil en su tramo 0-3 años está teniendo un tratamiento dispar en las distintas comunidades y esto supone un grave riesgo para el sistema educativo español, porque los desequilibrios que se están observando son producto de un choque de modelos que en algunos casos se sitúan más allá de legalidad educativa vigente marcada por la Ley Orgánica de Educación (LOE).


Dos ejemplos emblemáticos muestran lo que está pasando en España con este tramo tan importante para la educación de nuestros niños y niñas: las comunidades de Madrid y de las Islas Baleares. El gobierno de la Comunidad de Madrid del Partido Popular (PP) ha aprobado un Decreto para la Educación Infantil, que supone un paso hacia la desregulación total del tramo 0-3 años. El Decreto reduce los requisitos mínimos en cuanto a espacios físicos e infraestructura; y baja el grado de especialización necesario para poder trabajar en una etapa tan importante. Es un Decreto coherente con la implantación del 'cheque infantil' y la progresiva privatización de este sector en la Comunidad de Madrid. Un Decreto que ahonda en la ya pobre oferta pública educativa existente, que abre más espacios al mercado y en el que los más desfavorecidos están cada vez más desprotegidos. Además, como han denunciado asociaciones de padres y madres, 'el cheque infantil a duras penas sirve para pagar un tercio del coste de las plazas privadas'. Un negocio muy lucrativo, con un fuerte trasfondo ideológico, soportado en una estrategia política muy clara, que ataca directamente los principios básicos de la Ley Orgánica de Educación (LOE): incumple la ley vigente. En palabras muy acertadas del secretario general de la Federación Regional de Enseñanza de CCOO de Madrid 'El gobierno regional está cambiando el modelo de escuelas infantiles públicas, con un fuerte carácter educativo, por guarderías de garaje (privadas) de carácter meramente asistencial'. El nuevo Decreto se complementa, con otro que regula los currículos de la Educación Infantil; introduce la religión en toda la etapa; y refuerza los contenidos conceptuales frente a la adquisición de habilidades, hábitos y destrezas que preparen al niño, de forma natural y lógica, hacia las etapas superiores. Con estos decretos el gobierno regional de la Comunidad de Madrid contraviene todas y cada una de las recomendaciones que para esta etapa prescriben tanto informes internacionales como estudios nacionales. Esto es sencillamente una vuelta de tuerca más contra las políticas educativas del Gobierno de España: oposición desde la confrontación permanente.El caso contrario es el del gobierno de las Islas Baleares que, entendiendo la Educación Infantil, en su tramo 0-3 años, como una etapa educativa -pública- y necesaria para la correcta formación de los niños y niñas ha preparado un Decreto que regula, por primera vez y de forma concienzuda en las Islas, este tramo educativo. La idea del gobierno balear es crear una única red con una serie de requisitos mínimos que especialmente afectan a las instalaciones y a la formación del personal. Esta actitud del gobierno autonómico lejos de ser una 'intromisión ilegítima', como argumenta la patronal de este sector, es un ejercicio de responsabilidad política del gobierno balear para garantizar al ciudadano una educación de calidad y con todas las garantías posibles, en un tramo como es el del 0-3 años que en las Islas Baleares ha experimentado un crecimiento considerable. Desde ESCUELA siempre se ha defendido una Educación Infantil pública y gratuita. Con un profesorado especializado y unos perfiles profesionales de apoyo a la labor docente muy definidos. Con un currículo acorde a esta etapa educativa que tiene unas características propias, que la distinguen perfecta y claramente de la Educación Primaria y con unos requisitos en cuanto a instalaciones que hagan posible el desarrollo de las buenas prácticas requeridas para esta etapa tan importante en la formación de las personas. Pero la apuesta del periódico ESCUELA sigue siendo un objetivo a conseguir en España, incluso algunas comunidades, como el caso de Madrid, se alejan cada vez más del horizonte deseado. El choque de modelo es un problema para la buena gestión del sistema educativo nacional. Ahí se va a jugar el ser o no ser de un sistema de calidad homogénea o similar en todas las comunidades autónomas. Ahí vamos a ver la altura política de nuestras comunidades autónomas. Ahí el Ministerio de Educación y Ciencia del Gobierno de España va a tener que emplearse a fondo aplicando con firmeza la Ley Orgánica de Educación (LOE) que rige los destinos educativos de todas las comunidades autónomas del país.

miércoles, 26 de marzo de 2008

Plenario de la Plataforma

El próximo viernes 28 a las 18:30 de la tarde tendrá lugar la reunión plenaria de la Plataforma de Madrid por el 0-6.

El lugar elegido en esta ocasión será el Instituto Isabel la Católica
(En Retiro y próximo a Atocha)

ORDEN DEL DÍA
1.-ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA·
Nuevas comisiones y responsabilidades:
o Prensa
o Conteo de firmas
o Recogida de actas
2.-EXPLICACIÓN DE LOS DECRETOS Y RECURSO JURÍDICO. INFORMACION SOBRE LAS ACCIONES REALIZADAS Y MOVILIZACIONES A REALIZAR: NUEVAS PROPUESTAS.
3.-COMISIONES E INFORME TÉCNICO.
4.-RUEGOS Y PREGUNTAS.

La Plataforma de Madrid es una organización que se encuentra abierta a todas las personas y organizaciones que trabajamos por la Educación Infantil, por lo que todos y todas seréis bienvenidos. En esta ocasión el plenario será una reunión de trabajo y coordinación de aquellos componentes que venimos desarrollando en la misma labores y documentos relacionados con nuestra estructura. Es por ello que rogamos a todos los asistentes tengan presente esta circunstancia y valoren que sus aportaciones son necesarias, por lo que sería importante asistiesen teniendo presente la necesidad de un trabajo continuado y comprometido con los trabajos de la misma. Mercedes Escobar Coordinadora de la Plataforma de Madrid por el 0-6

Concentración el 3 de Abril

El próximo 3 de Abril a las 18:00 horas tendrá lugar una concentración en Alcalá 32 frente a la Consejería de Educación.

Esperamos contar con la asistencia de tod@s l@s profesionales que trabajan por una Educación Infantil de calidad, con todos y todas los compañeros y compañeras que cada día hacen de esta profesión nuestra una entrega por la dignidad y el respeto a la infancia. De igual forma esperamos encontrarnos y compartir reivindicaciones con las familias que depositan su confianza y respeto en este modelo de escuela en la que tantas ilusiones y esperanzas tiene puestas toda la comunidad educativa. Hemos de decirles claramente a las autoridades de la Comunidad de Madrid que "sus decretos" no pasarán a nuestras aulas, que no permitiremos esa agresión hacia nuestros niños y niñas.

sábado, 15 de marzo de 2008

Reunión de la mesa con todas las organizaciones

El próximo 26 de Marzo de 2008 tendrá lugar una reunión de la mesa formada por todas las organizaciones que trabajan por la Educación Infantil con objeto de analizar la concentración pasada y elaborar la agenda y las estrategias conjuntas para nuevas acciones y movilizaciones.

Os rogamos estéis atentos a nuestro blog en el que puntualmente os iremos informando de las mismas.

Publicado el decreto de enseñanzas mínimas para el primer Ciclo y de currículo para el segundo Ciclo

El 12 de Marzo de 2008 fue publicado el decretazo. En entradas posteriores mantenemos el borrador del mismo para que podáis establecer vuestras comparaciones.



Pág. 6 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación
1054 DECRETO 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno,
por el que se desarrollan para la Comunidad de
Madrid las enseñanzas de la Educación Infantil.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE, en
adelante), en su artículo 6.2, establece que el Gobierno fijará los aspectos
básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas,
con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez
de los títulos correspondientes. En desarrollo de este
imperativo legal el Ministerio de Educación y Ciencia ha publicado
el Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen
las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de la Educación
Infantil.
Por otro lado, la citada LOE establece en su disposición adicional
primera que el Gobierno aprobará el calendario de implantación de
los currículos de las distintas enseñanzas recogidas en la Ley. Como
consecuencia, ha sido publicado el Real Decreto 806/2006, de 30 de
junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva
ordenación del sistema educativo. En esta norma se ha dispuesto
que en el año académico 2008-2009 se implantarán las enseñanzas
correspondientes al primer y segundo ciclo de la Educación Infantil.
Asimismo, a tenor de lo establecido en los artículos 6.4 y 14.7 de
la LOE, corresponde a las Administraciones educativas competentes
la determinación de los contenidos educativos del primer ciclo y
el establecimiento del currículo del segundo ciclo de la Educación
Infantil, del que formarán parte las enseñanzas mínimas fijadas por
el Ministerio de Educación y Ciencia en el Real Decreto 1630/2006,
de 29 de diciembre, ya citado.
La Comunidad de Madrid, al amparo de lo previsto en el artículo
29 del Estatuto de Autonomía, es competente en materia de educación
no universitaria y le corresponde, por tanto, establecer las
normas que, respetando las competencias estatales, desarrollen los
aspectos que han de ser de aplicación en su ámbito territorial.
Procede, pues, que la Comunidad de Madrid apruebe la normativa
que, por un lado, integre y respete lo previsto en el Real Decreto
1630/2006, de 29 de diciembre, y, por otro, desarrolle esos aspectos
de acuerdo con la potestad que le ha sido atribuida, regulando la
práctica educativa en la Educación Infantil dentro del ámbito territorial
de esta Comunidad Autónoma.
Los contenidos educativos para el primer ciclo de la etapa establecidos
en el presente Decreto recogen los ámbitos de desarrollo y
experiencia a los que, fundamentalmente, deberán atenderse en este
primer tramo de la Educación Infantil.
Por su parte, el currículo para el segundo ciclo de la etapa que se
concreta en el presente Decreto incluye una introducción general
con indicaciones de carácter metodológico y, para cada una de las
áreas, una introducción con orientaciones específicas; los objetivos
que deben alcanzar los alumnos, los contenidos educativos distribuidos
en las correspondientes áreas relacionadas con los diferentes
ámbitos de conocimiento y experiencias, y los criterios de evaluación,
por los que se medirá el desarrollo de las capacidades y el logro
de los objetivos marcados en el currículo.
Por último, corresponderá a los centros docentes, respondiendo al
principio de autonomía pedagógica, de organización y de gestión
que les otorga la LOE, desarrollar y completar tanto los contenidos
educativos para el primer ciclo como el currículo para el segundo ciclo
establecido en esta norma, adaptándolo a las características del
alumnado e incorporándolo al proyecto educativo, de modo que todos
los alumnos puedan lograr los resultados que sus capacidades
les permitan. Conviene señalar, a este respecto, que las agrupaciones
en que se presentan los contenidos de las distintas áreas en el segundo
ciclo obedecen a criterios epistemológicos y no han de ser interpretadas
rígidamente como unidades didácticas que hayan de ser
impartidas necesariamente en ese orden. Las decisiones relativas a
la distribución de los contenidos y de los criterios de evaluación, así
como su secuenciación y estructuración en unidades didácticas, serán
adoptadas por cada centro y quedarán reflejadas en su propuesta
pedagógica contenida en el proyecto educativo del centro.
En virtud de todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera
de Educación, tras el preceptivo informe del Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Consejo de Estado y
previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6
de marzo de 2008,
DISPONE
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente Decreto constituye el desarrollo para la Educación
Infantil de lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 6.4 de la citada
Ley, que habilita a la Comunidad deMadrid para determinar los
contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y establecer
el currículo del segundo ciclo en el que se integra lo dispuesto
en el Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que
se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de la Educación
Infantil.
2. A los efectos de lo dispuesto en este Decreto, se entiende por
currículo el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos
y criterios de evaluación de esta etapa educativa.
3. Este Decreto será de aplicación en los centros docentes públicos
y en los centros docentes privados de la Comunidad de Madrid
que, debidamente autorizados, impartan enseñanzas de Educación
Infantil.
Artículo 2
Principios generales
1. La Educación Infantil constituye la etapa educativa con identidad
propia que atiende a los niños desde el nacimiento hasta los
seis años de edad y que se ordena en dos ciclos. El primero comprende
hasta los tres años de edad. El segundo, desde los tres a los seis
años de edad.
2. La Educación Infantil tiene carácter voluntario. La Consejería
de Educación garantizará la existencia de puestos escolares gratuitos
en el segundo ciclo de la Educación Infantil en centros sostenidos
con fondos públicos para atender la demanda de las familias.
3. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de
las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y le proporcionará
estímulos que potencien su curiosidad natural y sus deseos
de aprender. Se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad
de los alumnos, en la atención individualizada, en la prevención
de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en marcha de mecanismos
de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 7
La Consejería de Educación establecerá las medidas necesarias para
atender a todos los alumnos y, en particular, a los que presenten necesidades
específicas de apoyo educativo.
4. La Consejería de Educación favorecerá la elaboración de
proyectos de innovación, así como de modelos de programación docente
y de materiales didácticos que faciliten al profesorado el desarrollo
de los contenidos educativos del primer ciclo y del currículo
del segundo ciclo de la Educación Infantil.
Artículo 3
Finalidad
1. La finalidad de la Educación Infantil es la de contribuir al desarrollo
físico, sensorial, intelectual, afectivo y social de los niños.
2. En ambos ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo
del movimiento y de los hábitos de control corporal, a las diferentes
formas de comunicación, al lenguaje, a las pautas elementales de
convivencia y de relación social, así como al descubrimiento de las
características físicas y sociales delmedio. Además, se facilitará que
los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y
adquieran autonomía personal.
3. El primer ciclo de la Educación Infantil tendrá también por
finalidad dar respuesta a las necesidades de los niños y de sus familias
con el fin de que estas puedan conciliar la vida familiar y la laboral
y de que sus hijos sean educados a través de experiencias que,
progresivamente, les faciliten la adquisición de los hábitos y destrezas
propios de su edad.
4. Será también finalidad del segundo ciclo de la Educación Infantil
desarrollar progresivamente las habilidades necesarias para el
aprendizaje de la lectura, la escritura, la representación numérica y
el cálculo con el fin de incrementar las capacidades intelectuales de
los alumnos y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la
Educación Primaria.
5. Con el fin de respetar la responsabilidad fundamental de los
padres o tutores legales en esta etapa, los centros docentes cooperarán
estrechamente con ellos para conseguir la mayor cohesión y unidad
de criterio en la educación de sus hijos y establecerán mecanismos
para favorecer la participación en su proceso educativo.
Artículo 4
Objetivos
La Educación Infantil deberá contribuir a desarrollar en los niños
las siguientes capacidades:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros y sus posibilidades
de acción, adquirir una imagen ajustada de sí mismos y
aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural, social y cultural.
c) Adquirir una progresiva autonomía en sus actividades habituales.
d) Desarrollar sus capacidades afectivas.
e) Adquirir y mantener hábitos básicos relacionados con la higiene,
la salud, la alimentación y la seguridad.
f) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas
elementales de convivencia y relación social, así como
ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
g) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes
y formas de expresión.
h) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lectura,
en la escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
i) Desarrollar la creatividad.
j) Iniciarse en el conocimiento de las ciencias.
k) Iniciarse experimentalmente en el conocimiento oral de una
lengua extranjera.
Artículo 5
Áreas
1. Los contenidos educativos de la Educación Infantil se organizarán
en ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil
y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan
interés y significado para los niños, tanto para su vida cotidiana
como para su apertura a nuevos conocimientos y experiencias.
2. Las áreas del segundo ciclo de la Educación Infantil son las
siguientes:
a) Conocimiento de sí mismo y autonomía personal.
b) Conocimiento del entorno.
c) Lenguajes: Comunicación y representación.
Artículo 6
Contenidos educativos del primer ciclo
1. En el primer ciclo se atenderá especialmente a la adquisición
de hábitos elementales de salud y bienestar, a la mejora de sus destrezas
motrices y de sus habilidades manipulativas, al desarrollo del
lenguaje, al establecimiento de vínculos afectivos con los demás y a
la regulación progresiva de la expresión de sentimientos y emociones.
2. El primer ciclo de la Educación Infantil atenderá fundamentalmente
los siguientes ámbitos de experiencia:
a) El desarrollo del lenguaje como centro del aprendizaje.
b) El conocimiento y progresivo control de su propio cuerpo.
c) El juego y el movimiento.
d) El descubrimiento del entorno.
e) La convivencia con los demás.
f) El equilibrio y desarrollo de su afectividad.
g) La adquisición de hábitos de vida saludables que constituyan
el principio de una adecuada formación para la salud.
3. El desarrollo de estos contenidos debe basarse en la consideración
de que la madurez de los niños es un proceso continuo que se
produce a diferentes ritmos, debiendo adaptarse dicho desarrollo a
las necesidades individuales de cada uno de ellos.
Artículo 7
Currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil
1. El currículo de las áreas del segundo ciclo de la Educación
Infantil para los centros docentes de la Comunidad de Madrid, del
que forman parte las enseñanzas mínimas fijadas en el Real Decreto
1630/2006, de 29 de diciembre, es el que figura en el Anexo I del
presente Decreto, en el que se establecen los objetivos, contenidos,
métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de ellas.
2. En el segundo ciclo se iniciará el aprendizaje de la lectura y
de la escritura en función de las características y de la experiencia de
cada alumno, se propiciarán experiencias de iniciación temprana en
habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información
y la comunicación y en la expresión plástica y visual.
3. La Consejería de Educación fomentará una primera aproximación
al uso oral de una lengua extranjera en los aprendizajes del
segundo ciclo de la Educación Infantil.
Artículo 8
Horario del segundo ciclo de la Educación Infantil
1. El horario semanal mínimo para cada una de las áreas en el
último año del segundo ciclo de la Educación Infantil es el establecido
en el Anexo II del presente Decreto.
2. El horario escolar se organizará con un enfoque globalizador
e incluirá actividades y experiencias que respeten los ritmos de actividad,
juego y descanso de los alumnos de esta etapa educativa, así
como sus hábitos de higiene.
3. La distribución horaria de las diferentes áreas debe ser proporcional
al progresivo desarrollo evolutivo del niño en esta etapa.
En el último año del segundo ciclo de la Educación Infantil, el horario
deberá incluir una sesión diaria dedicada a la iniciación al aprendizaje
de la lectura y de la escritura, y otra a la representación numérica
y a la iniciación al aprendizaje del cálculo. Cada una de estas
sesiones tendrá una duración no inferior a cuarenta y cinco minutos.
4. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, y de acuerdo
con su proyecto educativo, podrán ampliar el horario escolar establecido
con carácter general. Dicha ampliación, que estará encaminada
a favorecer la calidad, no comportará en ningún caso la imposición
de aportaciones a las familias ni exigencias de recursos para
la Consejería de Educación y será obligatoria para los alumnos del
centro que así lo tenga establecido en su proyecto educativo.
Pág. 8 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
Artículo 9
Enseñanzas de religión
1. La enseñanza de la religión se ajustará a lo dispuesto en la
disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
2. La Consejería de Educación garantizará que, al inicio del segundo
ciclo de educación infantil, los padres o tutores puedan manifestar
la voluntad de que sus hijos reciban o no enseñanzas de religión.
Dicha decisión podrá ser modificada al principio de cada curso
académico. Asimismo, se garantizará que dichas enseñanzas se impartan
en horario lectivo y en condiciones de igualdad con las demás
áreas.
Artículo 10
Atención educativa para los alumnos que no reciben
enseñanzas de religión
1. Para los alumnos que no reciben enseñanzas de religión los
centros docentes deberán organizar actividades de carácter educativo
que permitan garantizarles una adecuada atención, sin que ello
suponga discriminación alguna por el hecho de no recibir dichas enseñanzas.
2. Las actividades educativas deberán desarrollarse en horario
simultáneo al de las enseñanzas de religión. En ningún caso dichas
actividades comportarán el aprendizaje de contenidos asociados al
conocimiento del hecho religioso ni a cualquier área de la etapa. Estas
actividades deberán ser incluidas en la propuesta pedagógica que
formará parte del proyecto educativo del centro con la finalidad de
que padres y tutores las conozcan con la suficiente antelación, todo
ello sin perjuicio del respeto al mencionado proyecto educativo y, en
su caso, al carácter propio del centro.
3. Estas actividades no serán objeto de evaluación ni constarán
en los documentos de evaluación del alumno. Los centros facilitarán
periódicamente información a las familias de las actividades desarrolladas
por el alumno.
Artículo 11
Enseñanza de la lengua extranjera
1. Dado el carácter globalizado del currículo de la etapa, se procurará
que la enseñanza de la lengua extranjera se aborde a través de
los contenidos de las áreas curriculares.
2. Los contenidos de lengua extranjera serán impartidos por
maestros que cuenten con la debida especialización o habilitación
para impartir docencia en la lengua correspondiente.
3. Para la enseñanza de la lengua extranjera en los tres cursos
del segundo ciclo de la Educación Infantil se establece un horario
semanal de, al menos, una hora y treinta minutos, distribuido en un
mínimo de dos sesiones semanales.
Artículo 12
Métodos de trabajo
Los métodos de trabajo en esta etapa educativa se basarán en las
experiencias, las actividades y el juego y fomentarán progresivamente
en el alumno la adquisición de hábitos de trabajo. Estos métodos
de trabajo se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza,
para potenciar la autoestima e integración social de los alumnos.
Artículo 13
Autonomía de los centros
1. La Consejería de Educación facilitará la autonomía pedagógica
y organizativa de los centros, favorecerá el trabajo en equipo
del profesorado y su actividad investigadora a partir de la práctica
docente. Además, velará por que los profesores reciban el trato, la
consideración y el respeto acordes con la importancia social de su
tarea.
2. En el segundo ciclo de la Educación Infantil no será obligatoria
la presencia del maestro tutor en el aula cuando un especialista
esté impartiendo en ella su área. Durante estos períodos el maestro
tutor estará disponible para realizar aquellos apoyos, refuerzos o
actividades que requiera la organización del centro.
3. Corresponde a los centros docentes, en virtud de su autonomía
pedagógica, elegir los materiales educativos y, en su caso, los
libros de texto que hayan de utilizarse en el desarrollo de las áreas
del segundo ciclo de la Educación Infantil. En el caso de los centros
docentes públicos, la responsabilidad de la elección recae sobre los
equipos de maestros de la etapa con el visto bueno del Director, oído
el Jefe de Estudios. En todo caso, la adopción de los libros de texto
y demás materiales educativos que hayan de usarse en los centros
estará sujeta al hecho de que aquellos se adapten a los contenidos
educativos y al currículo normativamente dispuestos en el presente
Decreto, todo ello de acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
4. La Administración educativa de la Comunidad de Madrid
ejercerá, a través del Servicio de la Inspección Educativa, la competencia
supervisora sobre los libros de texto y demás materiales didácticos,
de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de la disposición
adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006.
5. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar
experimentaciones, planes de trabajo o determinadas formas de organización
en los términos que establezca la Consejería de Educación.
Artículo 14
Propuesta pedagógica
1. Los centros docentes que impartan Educación Infantil cuya
oferta sea de, al menos, un año completo, desarrollarán y completarán
los contenidos educativos del primer ciclo y el currículo del segundo
ciclo establecido en el Anexo I del presente Decreto, concreción
que formará parte de la propuesta pedagógica que se incluirá en
el proyecto educativo del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 14.2 de la Ley Orgánica 2/2006.
2. La propuesta pedagógica en Educación Infantil incluirá la
concreción del currículo en unidades de programación integradoras
para cada curso, las medidas de atención individualizada y de atención
a la diversidad, la planificación educativa de los espacios, la organización
del tiempo, los criterios para la selección y uso de los recursos
materiales, las actuaciones previstas para la colaboración
permanente con las familias, las pautas para la coordinación de los
distintos profesionales que intervienen en el centro, así como las
medidas para evaluar la práctica docente.
3. En el primer ciclo de la Educación Infantil la elaboración y
seguimiento de la propuesta pedagógica estarán bajo la responsabilidad
de un profesional del centro con el título de Maestro de Educación
Infantil o título de grado equivalente.
Artículo 15
Evaluación de los aprendizajes
1. La evaluación en la etapa de Educación Infantil debe servir
para identificar los aprendizajes adquiridos y el ritmo y características
de la evolución de cada niño.
2. La evaluación del aprendizaje del alumnado será global, continua
y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la
técnica principal del proceso de evaluación.
3. A estos efectos, en el segundo ciclo de la Educación Infantil,
se tomarán como referencia los criterios de evaluación de cada una
de las áreas.
4. Los Maestros y demás profesionales con la debida titulación
que impartan la etapa de Educación Infantil evaluarán, además de
los procesos de aprendizaje, su propia práctica educativa.
5. La Consejería de Educación establecerá los criterios sobre el
proceso de evaluación del alumnado y sobre las decisiones que se
deriven de dicho proceso. Asimismo, concretará los documentos correspondientes.
Artículo 16
Tutoría
1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será designado
por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios donde lo hubiera.
El tutor velará por la atención individualizada y por el seguimiento
del grupo, facilitará la integración del alumnado, orientará su proceso
de aprendizaje y mediará en la resolución de problemas en situaciones
cotidianas.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 9
2. El tutor coordinará el proceso de seguimiento y evaluación,
la acción educativa de todos los maestros y demás profesionales que
intervienen en la actividad pedagógica del grupo, propiciará la cooperación
de los padres o tutores legales en la educación de los alumnos
y les informará sobre la marcha del proceso educativo de sus hijos,
según establece el artículo 3.5 del presente Decreto.
Artículo 17
Atención a la diversidad
1. La intervención educativa debe contemplar como principio la
diversidad del alumnado, adaptando la práctica educativa a las características
personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de
los niños, dada la importancia que en estas edades adquieren el ritmo
y el proceso de maduración.
2. La Consejería de Educación establecerá los procedimientos
que permitan identificar aquellas características que puedan tener
incidencia en la evolución escolar de los alumnos. Asimismo, adoptará
las medidas necesarias para facilitar la coordinación de cuantos
sectores intervengan en la atención de este alumnado.
3. Los centros docentes organizarán las medidas de apoyo y de
atención educativa que mejor se adapten a las necesidades personales
de los alumnos con necesidades educativas especiales y de aquellos
que tengan detectadas altas capacidades intelectuales.
Artículo 18
Calendario escolar
La Consejería de Educación fijará anualmente el calendario escolar
en la Educación Infantil, que comprenderá un mínimo de 175
días lectivos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Incorporación de los alumnos
1. Los alumnos que se incorporen al primer curso del segundo
ciclo de la Educación Infantil podrán hacerlo en el año natural en el
que cumplan tres años, y podrán permanecer escolarizados en este
ciclo hasta los seis años de edad.
2. En caso de que se opte por una incorporación paulatina de los
nuevos alumnos al centro, esta deberá completarse en el plazo máximo
de una semana. Para ello, los centros adoptarán programas y medidas
de acogida y adaptación garantizando, en todo caso, la atención
a tiempo completo de aquellos alumnos cuyas familias lo
soliciten.
3. De acuerdo con lo que establezca la Consejería de Educación,
en el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales,
podrá autorizarse excepcionalmente la flexibilización de lo establecido
en el apartado 1 de esta disposición adicional.
4. La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales,
una vez identificado por las personas responsables de la
orientación y conforme a la normativa que regula dicho proceso, se
podrá flexibilizar de forma que pueda anticiparse un curso el inicio
de la escolarización en la Educación Primaria, cuando se prevea que
esta medida es la más adecuada para su desarrollo personal, intelectual
y social.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Proceso de elaboración de la propuesta pedagógica
Antes del comienzo del curso 2008-2009, los centros docentes
elaborarán, para su incorporación al proyecto educativo, la propuesta
pedagógica de la Educación Infantil correspondiente a los cursos
y ciclos que impartan, de acuerdo con lo dispuesto en el presente
Decreto y en la normativa que lo desarrolle.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en el presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación de desarrollo
Se autoriza a la Consejería de Educación para dictar cuantas disposiciones
sean necesarias para la interpretación, la aplicación y el
desarrollo del presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Calendario de implantación
Los contenidos educativos y el currículo establecidos en este Decreto
se implantarán en el primer y en el segundo ciclo de Educación
Infantil, respectivamente, a partir del curso 2008-2009.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 6 de marzo de 2008.
La Consejera de Educación, La Presidenta,
LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
ANEXO I
CURRÍCULO DEL SEGUNDO CICLO
DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
Introducción
Entre los tres y los seis años, el niño experimenta una considerable
evolución. Comienza este segundo ciclo de la Educación Infantil
con un precario control de su propio cuerpo, una socialización y
una capacidad de comunicación limitadas y un mundo afectivo incipiente.
A los seis años, el niño tiene ya un considerable dominio del
espacio, un interés por relacionarse con los demás y un universo
afectivo más amplio y rico en experiencias. A lo largo de este ciclo
empieza a comprender el ambiente inmediato y a manejarse en nuevas
situaciones. El juego, la experimentación y la realización de actividades
de carácter globalizado parecen un medio eficaz para conseguirlo.
Los horarios se estructurarán a través de ciertas rutinas que ayuden
a los niños a orientarse temporalmente y que les faciliten la adquisición
de determinados hábitos. En cuanto a la organización del
tiempo dentro del aula, las sesiones deben ir promoviendo, paulatinamente,
el aumento de la capacidad de concentración del niño frente
a la inicial dispersión.
La metodología se seleccionará en función del tipo de contenido
o actividad que se va a desarrollar, así como de las características del
alumno de este ciclo educativo. En el aula se debe trabajar de forma
individual y en grupo. La exploración y la curiosidad espontáneas
deben ser aprovechadas para el aprendizaje.
En estas edades, la familia es especialmente importante en la educación
del niño. Es necesaria la colaboración y coordinación entre la
familia y el centro a fin de actuar de modo congruente, consensuando
pautas de actuación conjuntas y coordinadas y estableciendo de
común acuerdo los límites por los que discurra el comportamiento
del niño. Es especialmente importante su participación y ayuda en el
período de adaptación del niño al centro y al aula.
La evaluación forma parte del proceso educativo, se basa en la
observación directa y sistemática y debe permitir determinar en qué
medida se han alcanzado los objetivos propuestos y realizar los ajustes
pertinentes.
Se partirá de una evaluación inicial que recabará información acerca
de las características del niño, de su familia y del medio en el que
vive y del que procede para establecer los mecanismos y recursos
que, con mayor probabilidad, orienten al niño hacia el éxito escolar.
Al final del segundo ciclo de la Educación Infantil se deberán haber
logrado los objetivos propuestos. Se llevará a cabo una valoración
cualitativa de los objetivos conseguidos y del nivel de madurez
alcanzado por cada niño, como referencia para la planificación e inicio
de la Educación Primaria.
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Área 1
El conocimiento de sí mismo y autonomía personal
Esta área de conocimiento, control y experiencia hace referencia
a la construcción gradual del propio yo y al establecimiento de relaciones
con los demás.
En este proceso resultan relevantes las interacciones de los niños
con el medio, el creciente control motor, el desarrollo emocional, la
constatación de sus posibilidades y limitaciones, el proceso de diferenciación
de los otros y la independencia cada vez mayor con respecto
a los adultos. Es importante también promover en el niño la
construcción de una imagen positiva de sí mismo.
A lo largo de este ciclo, las experiencias de los niños con el entorno
deben ayudarles a conocer su cuerpo y sus posibilidades perceptivas
y motrices; a identificar las sensaciones que experimentan, a
disfrutar con ellas y a servirse de las posibilidades expresivas del
cuerpo para manifestarlas. La adquisición de una mayor seguridad y
autonomía (en el desplazamiento, en el comer, en el vestir, etcétera),
afirma su individualidad e impulsa el desarrollo de su personalidad.
El reconocimiento de sus características individuales, así como de
las de sus compañeros, es una condición básica para su desarrollo y
para la adquisición de actitudes no discriminatorias. Se atenderá asimismo
al desarrollo de la afectividad potenciando el reconocimiento,
la expresión y el control progresivo de emociones y sentimientos.
En la Educación Infantil también tiene gran importancia la adquisición
de buenos hábitos de salud, higiene y nutrición. Estos hábitos
contribuyen al cuidado del propio cuerpo y de los espacios en los
que transcurre la vida cotidiana y a la progresiva autonomía del
niño. La escuela, especialmente a estas edades, es un ámbito particularmente
adecuado para desarrollar la autonomía personal.
Objetivos
En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo
el desarrollo de las siguientes capacidades:
1. Formarse una imagen ajustada y positiva de sí mismo, a través
de la interacción con los otros y de la identificación gradual de
las propias características, posibilidades y limitaciones, desarrollando
sentimientos de autoestima y autonomía personal.
2. Reconocer, identificar y representar las partes fundamentales
de su cuerpo y algunas de sus funciones, descubriendo las posibilidades
de acción y de expresión y coordinando y controlando cada
vez con mayor precisión gestos y movimientos.
3. Identificar los propios sentimientos, emociones, necesidades
o preferencias, y ser capaces de denominarlos, expresarlos y comunicarlos
a los demás, identificando y respetando, también, los de los
otros.
4. Realizar, de manera cada vez más autónoma, actividades habituales,
aumentando el sentimiento de confianza en sí mismo y la
capacidad de iniciativa y desarrollando estrategias para satisfacer
sus necesidades básicas.
5. Desarrollar hábitos de respeto, ayuda y colaboración, evitando
actitudes de discriminación en función de cualquier rasgo diferenciador
y comportamientos de sumisión o dominio.
6. Desarrollar habilidades para afrontar situaciones de conflicto.
7. Progresar en la adquisición de hábitos y actitudes relacionados
con la seguridad, la higiene, el aseo y el fortalecimiento de la salud,
apreciando y disfrutando de las situaciones cotidianas de equilibrio
y bienestar emocional.
8. Tomar la iniciativa en la realización de tareas y en la proposición
de juegos y actividades.
Contenidos
Bloque 1. El cuerpo y la propia imagen.
— El cuerpo humano: Características diferenciales del cuerpo.
Identificación y localización de partes externas e internas del
cuerpo. Exploración del propio cuerpo. Identificación y aceptación
progresiva de las características propias. Representación
gráfica del esquema corporal.
— Sensaciones y percepciones de los cambios físicos propios y
de su relación con el paso del tiempo. Las referencias espaciales
en relación con el propio cuerpo.
— Los sentidos y sus funciones: Sensaciones y percepciones.
— Las necesidades básicas del cuerpo. Identificación, manifestación,
regulación y control de las mismas. Confianza en las
capacidades propias para su satisfacción.
— Identificación y expresión de sentimientos, emociones, vivencias,
preferencias e intereses propios y de los demás. Control
progresivo de los propios sentimientos y emociones.
— Aceptación y valoración ajustada y positiva de sí mismo, así
como de las posibilidades y limitaciones propias.
— Valoración positiva y respeto por las diferencias, aceptación
de la identidad y características de los demás, evitando actitudes
discriminatorias.
Bloque 2. Juego y movimiento.
— Confianza en las propias posibilidades de acción, participación
y esfuerzo personal en los juegos y en el ejercicio físico.
— Coordinación y control postural: El cuerpo y el movimiento.
Progresivo control del tono, equilibrio y respiración. Satisfacción
por el creciente dominio corporal.
— Exploración y valoración de las posibilidades y limitaciones
perceptivas, motrices y expresivas propias y de los demás.
Iniciativa para aprender habilidades nuevas.
— Coordinación y control de las habilidades motrices.
— Nociones básicas de orientación en el espacio y en el tiempo
y coordinación de movimientos.
— Adaptación del tono y la postura a las características del objeto,
del otro, de la acción y de la situación.
— Juego simbólico y juego reglado. Comprensión y aceptación
de reglas para jugar. Valoración de su necesidad.
— Comprensión y aceptación de las normas implícitas que rigen
los juegos de representación de papeles, participación en su
regulación y valoración de su necesidad.
— Actitud de ayuda y colaboración con los compañeros en los
juegos.
— Iniciación a la representación teatral.
Bloque 3. La actividad y la vida cotidiana.
— Las actividades de la vida cotidiana. Iniciativa y progresiva
autonomía en su realización. Regulación del propio comportamiento,
satisfacción por la realización de tareas y conciencia
de la propia competencia.
— Normas elementales que regulan la vida cotidiana. Planificación
secuenciada de la acción para resolver tareas. Aceptación
de las propias posibilidades y limitaciones en la realización
de las mismas.
— Hábitos elementales de organización, constancia, atención,
iniciativa y esfuerzo en la propia actividad.
— Habilidades para la interacción y colaboración y actitud positiva
para establecer relaciones de afecto con las personas
adultas y con los iguales.
— Valoración y gusto por el trabajo bien hecho por uno mismo y
por los demás, reconocimiento de los errores y aceptación de
las correcciones para mejorar sus acciones.
— Cuidado y orden con sus pertenencias personales.
— La iniciativa en las tareas y la búsqueda de soluciones a las
dificultades que aparecen.
Bloque 4. El cuidado personal y la salud.
— La salud y el cuidado de uno mismo.
— Acciones y situaciones que favorecen la salud y generan bienestar
propio y de los demás.
— La higiene personal. Adquisición y práctica de hábitos saludables:
Higiene corporal, alimentación, ejercicio y descanso.
— Utilización adecuada de espacios, elementos y objetos. Petición
y aceptación de ayuda en situaciones que la requieran.
Valoración de la actitud de ayuda de otras personas.
— Gusto por un aspecto personal cuidado.
— Mantenimiento de limpieza y orden en el entorno.
— Aceptación de las normas de comportamiento establecidas
durante las comidas, los desplazamientos, el descanso y la higiene.
— El dolor corporal y la enfermedad. Valoración ajustada de los
factores de riesgo, adopción de comportamientos de prevención
y seguridad en situaciones habituales, actitud de tranquilidad
y colaboración en situaciones de enfermedad y de pequeños
accidentes.
— Identificación y valoración crítica ante factores y prácticas
sociales cotidianas que favorecen o no la salud.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 11
Criterios de evaluación
1. Dar muestra de un conocimiento progresivo de su esquema
corporal y de un control creciente su cuerpo.
2. Reconocer y nombrar las distintas partes del cuerpo y ubicarlas
espacialmente, en su propio cuerpo y en el de los demás.
3. Regular el desarrollo del tono, la postura, el equilibrio, el
control respiratorio y la coordinación motriz, utilizando las posibilidades
motrices, sensitivas y expresivas del propio cuerpo.
4. Manifestar respeto y aceptación por las características de los
demás, sin discriminaciones de ningún tipo, y mostrar actitudes de
ayuda y colaboración.
5. Distinguir los sentidos e identificar sensaciones a través de
ellos.
6. Expresar emociones y sentimientos a través del cuerpo.
7. Representar papeles en piezas teatrales sencillas.
8. Participar en juegos, mostrando destrezas motoras en desplazamientos,
marcha, carrera y saltos, y habilidades manipulativas.
9. Proponer reglas para llevar a cabo juegos conocidos o inventados
y aceptarlas, mostrando actitudes de colaboración y ayuda mutua
y evitando adoptar posturas de sumisión o de dominio.
10. Realizar autónomamente y con iniciativa actividades habituales
para satisfacer necesidades básicas relacionadas con el cuidado
personal, la higiene, la alimentación, el descanso, la salud, el bienestar,
los desplazamientos y otras tareas de la vida diaria.
11. Orientarse en el espacio tomando puntos de referencia.
12. Colaborar en el orden y en la limpieza de los espacios comunes.
13. Cuidar y mantener ordenadas sus pertenencias.
Área 2
Conocimiento del entorno
Esta área hace referencia al conocimiento que el niño va adquiriendo
en su contacto con el entorno y con los grupos sociales básicos
con los que se relaciona o a los que pertenece. El niño amplía su
conocimiento del mundo que le rodea y de su relación de pertenencia
a él. En este ciclo comienza la auténtica socialización. La relación
y cooperación con los demás aumentan hacia los cuatro o cinco
años. Nace el compañerismo.
El niño explora los elementos del medio que le rodea. Va identificando
los objetos y materiales del entorno y descubriendo sus propiedades.
Reconoce las sensaciones que producen, se anticipa a los
efectos de sus acciones sobre ellos, detecta semejanzas y diferencias,
compara, ordena y cuantifica pasando así de la manipulación a
la representación, origen de la capacidad de abstracción. Esto le lleva
a ir comprendiendo el funcionamiento de la realidad.
El medio natural y los seres y elementos que lo integran, se convierten
bien pronto en objetos preferentes de la curiosidad e interés
infantil. Resultan de gran atracción para ellos los elementos de la naturaleza,
los fenómenos naturales, sus manifestaciones y consecuencias,
así como los seres vivos, cuyas características y funciones comienzan
a comprender.
A través de esta área, se va introducir al niño en nuevos campos
del conocimiento que contribuyan a ampliar su universo. Un fundamento
básico del saber científico puede establecer una base sólida
para futuros aprendizajes y ofrecer al niño expectativas que hagan
interesante para él la actividad del estudio. La Ciencia tiene la capacidad
de proponer enigmas al niño y ayudarle a resolverlos. Una iniciación
a las ciencias parece la forma idónea de estimular y satisfacer
la curiosidad infantil.
La apreciación de la diversidad y riqueza del medio natural y el
descubrimiento de que las personas formamos parte de ese medio
son objetivos de especial relevancia en esta área.
A lo largo de esta etapa, los niños descubren su pertenencia al medio
social y cultural. La vida escolar conlleva el establecimiento de
experiencias más amplias que les acercarán al conocimiento de las
personas y de las relaciones interpersonales, generando vínculos y
desarrollando nuevas conductas y emociones que constituyen la
base de su socialización.
La importancia de las tecnologías de la información y la comunicación
y su incorporación actual al funcionamiento de la sociedad
aconsejan que los niños identifiquen el papel que estas tecnologías
tienen en sus vidas, interesándose por su conocimiento e iniciándose
en su uso.
Objetivos
En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo
el desarrollo de las siguientes capacidades:
1. Observar y explorar de forma activa su entorno generando interpretaciones
sobre algunas situaciones y hechos significativos y
mostrando interés por su conocimiento.
2. Conocer y valorar los componentes básicos del medio natural
y algunas de sus relaciones, cambios y transformaciones, desarrollando
actitudes de cuidado, respeto y responsabilidad en su conservación.
3. Adquirir nociones de geografía a través del paisaje.
4. Conocer los roles y responsabilidades de los miembros más
significativos de sus grupos sociales de referencia.
5. Relacionarse con los demás, de forma cada vez más equilibrada
y satisfactoria, interiorizando progresivamente las pautas de
comportamiento social y ajustando su conducta a ellas.
6. Conocer las fiestas y celebraciones de su entorno como fruto
de la costumbre y la tradición.
7. Conocer y aceptar las normas que hacen posible la vida en
grupo y algunas de las formas más habituales de organización social.
8. Iniciarse en las habilidades matemáticas, manipulando funcionalmente
elementos y colecciones, identificando sus atributos y
cualidades y estableciendo relaciones de agrupamientos, clasificación,
orden y cuantificación.
9. Utilizar los cuantificadores básicos. Conocer los cardinales y
ordinales.
10. Conocer, utilizar y escribir la serie numérica para contar
elementos.
11. Iniciarse en las operaciones matemáticas básicas de adición
y sustracción.
12. Realizar seriaciones con objetos y números.
13. Iniciarse en la estimación, comparación y medida de diferentes
magnitudes. Distinguir y usar unidades de medida naturales y
convencionales. Utilizar instrumentos de medida.
14. Iniciarse en la estimación y medida del tiempo. Conocer y
usar los diferentes instrumentos de medida del tiempo.
15. Conocer, identificar y nombrar formas planas y cuerpos
geométricos.
16. Orientar y situar en el espacio las formas, los objetos y a uno
mismo. Utilizar las nociones espaciales básicas.
17. Ampliar la curiosidad y el afán por aprender, adquirir fundamentos
de pensamiento y ampliar el campo de conocimiento para
comprender mejor el mundo que le rodea.
Contenidos
Bloque 1. Medio físico: Elementos, relaciones y medida.
— El paisaje y el medio físico. Observaciones, descubrimiento y
descripción del entorno próximo. La orientación en el espacio.
La observación de los cambios en el tiempo.
— Identificación y conocimiento de las características del cambio
del paisaje a lo largo del año. Las estaciones. La adaptación
de las personas, animales y plantas a dicho cambio. Paisajes
del mundo.
— Conocimiento de algunos elementos del relieve geográfico.
— Los objetos y materias presentes en el medio, sus funciones y
usos cotidianos. Interés por su exploración y actitud de respeto
y cuidado hacia objetos propios y ajenos.
— Atributos de los objetos: Color, forma, textura, tamaño, sabor,
sonido, plasticidad, dureza.
— Respeto y cuidado de los objetos de uso individual y colectivo.
— Actitud positiva para compartir juguetes y objetos de su entorno
familiar y escolar.
— Percepción de atributos y cualidades de objetos y materias.
Interés por la identificación y clasificación de elementos y
objetos y por explorar sus cualidades, características, usos y
grados.
— Aproximación a la cuantificación de colecciones. Aplicación
del ordinal a pequeñas colecciones. Comparación, agrupación
u ordenación de objetos en función de un criterio dado.
Utilización del conteo como estrategia de estimación y uso de
los números cardinales referidos a cantidades manejables.
— Los números, cardinales y ordinales, y las operaciones. Cuantificadores
básicos: Todo/nada/algo, uno/varios, etcétera.
Pág. 12 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
— Aproximación a la serie numérica: Su representación gráfica
y su utilización oral para contar. Observación y toma de conciencia
de la funcionalidad de los números en la vida cotidiana.
Construcción de la serie numérica mediante la adición de
la unidad.
— Nociones básicas de medida: Grande/mediano/pequeño, largo/
corto, alto/bajo, pesado/ligero.
— Utilización de comparaciones: Más largo que, más corto que,
más grande que, más pequeño que, etcétera.
— Mediciones con diferentes unidades de longitud, capacidad y
tiempo. Utilización de medidas naturales (mano, pie, paso,
etcétera). Estimación y comparación.
— Estimación intuitiva y medida del tiempo: El reloj. Ubicación
temporal de actividades de la vida cotidiana.
— Exploración e identificación de situaciones en que se hace
necesario medir. Interés y curiosidad por los instrumentos de
medida. Aproximación a su uso.
— Iniciación al cálculo con las operaciones de unir y separar por
medio de la manipulación de objetos. Iniciación a la adición
y sustracción con números. Resolución de problemas que impliquen
operaciones sencillas.
— Identificación de formas planas (círculo, cuadrado, rectángulo,
triángulo) y tridimensionales en elementos del entorno.
Exploración de algunas figuras y cuerpos geométricos elementales.
— Nociones básicas de orientación. Posiciones relativas.
— Situación en el espacio. Realización de desplazamientos
orientados.
Bloque 2. Acercamiento a la naturaleza.
— Características generales e identificación de los seres vivos
(semejanzas y diferencias), y materia inerte como el Sol, animales,
plantas, rocas, nubes o ríos. Valoración de su importancia
para la vida humana.
— Observación de algunas características, comportamientos,
funciones, relaciones y cambios en los seres vivos. Aproximación
al ciclo vital, del nacimiento a la muerte.
— Curiosidad, respeto y cuidado hacia los elementos del medio
natural.
— Reconocimiento sencillo y primeras clasificaciones de los
animales. Interés y gusto por las relaciones con ellos.
— Reconocimiento sencillo de las plantas y de sus partes.
— Cambios que se producen en animales y plantas en el curso
de su desarrollo. La adaptación al medio.
— Productos elaborados a partir de materias primas procedentes
de animales y plantas.
— Observación de fenómenos del medio natural (lluvia, viento,
día, noche, etcétera). Formulación de conjeturas sobre sus
causas y consecuencias.
— Disfrute al realizar actividades en contacto con la naturaleza.
Valoración de su importancia para la salud y el bienestar. Repoblación,
limpieza y recogida selectiva de residuos.
— El Universo. El Sistema Solar. El Sol y los planetas. El giro
de los planetas alrededor del Sol.
— La Tierra y la Luna. Los viajes espaciales.
Bloque 3. Cultura y vida en sociedad.
— Identificación de los primeros grupos sociales de pertenencia:
La familia y la escuela. Toma de conciencia de la necesidad
de su existencia y funcionamiento mediante ejemplos del
papel que desempeñan en su vida cotidiana. Valoración de las
relaciones afectivas que en ellos se establecen.
— Valoración y respeto de las normas que rigen la convivencia
en los grupos sociales a los que pertenece el alumno. La participación
en la familia y en la escuela.
— La familia: Sus miembros, relaciones de parentesco, funciones
y ocupaciones. Lugar que ocupa entre ellos.
— La vivienda: Dependencias y funciones. Tareas cotidianas
del hogar. Participación en dichas tareas. Las rutinas caseras.
Ofrecimiento y solicitud de ayuda para sí mismo y para los
demás.
— La escuela: Dependencias, uso y funciones. Los miembros de
la escuela: Los niños y los adultos. Funciones y ocupaciones.
La clase: Distribución y empleo de los espacios. Objetos y
mobiliario. Cuidado y respeto por las dependencias del Centro
y de su entorno para poder realizar las actividades en espacios
limpios y ordenados. Las rutinas escolares. La importancia
de aprender.
— El entorno próximo al alumno: La calle, el barrio, el pueblo y
la ciudad. Formas de organización humana según su ubicación
en los distintos paisajes: rural y urbano. Observación de
necesidades, ocupaciones y servicios en la vida de la comunidad.
— La actividad humana en el medio: Funciones, tareas y oficios
habituales. Valoración de los diferentes trabajos como necesarios
para una sociedad. Respeto a los trabajos desempeñados
por las personas de su entorno.
— Los servicios relacionados con el consumo.
— Distintos medios de transporte. Normas básicas de circulación.
— Los medios de comunicación: Televisión, radio, prensa, teléfono
y ordenador.
— Lugares para divertirse y aprender: Teatro, circo, zoo, biblioteca,
polideportivo, etcétera.
— Las tradiciones y las costumbres.
— Iniciación a la Historia. La Prehistoria. El hombre prehistórico:
Vida cotidiana, vivienda, trabajo, animales y ritos.
— Pueblos del mundo. Pueblos del hielo, del desierto y de la selva.
Rasgos físicos, vivienda, alimentación, indumentaria,
costumbres.
— Máquinas y aparatos. Utilidad, funcionamiento, inventores.
— Incorporación progresiva de pautas adecuadas de comportamiento,
disposición para compartir y para resolver conflictos
cotidianos mediante el diálogo de forma progresivamente autónoma,
atendiendo especialmente a la relación equilibrada
entre los niños y las niñas.
— Reconocimiento de algunas señas de identidad cultural del
entorno e interés por participar en actividades sociales y culturales.
— Identificación de algunos cambios en el modo de vida y las
costumbres en relación con el paso del tiempo.
— Interés y disposición favorable para entablar relaciones respetuosas,
afectivas y recíprocas con niños de otras culturas.
Criterios de evaluación
1. Discriminar objetos y elementos del entorno inmediato y actuar
sobre ellos.
2. Mostrar interés por el medio natural e identificar y nombrar
algunos de sus componentes, formulando observaciones y conjeturas
sobre las causas y consecuencias de lo que en él sucede.
3. Indagar en algunas características y funciones generales de
los elementos de la naturaleza, acercándose a la noción de ciclo vital
y constatando los cambios que esto conlleva.
4. Identificar distintos animales según algunas de sus características
más importantes.
5. Distinguir y conocer distintos tipos de plantas. Reconocer la
raíz, el tallo y las hojas como partes de la planta.
6. Establecer algunas relaciones entre el medio físico y social,
identificando cambios naturales que afectan a la vida cotidiana de
las personas y cambios en el paisaje por intervenciones humanas.
7. Mostrar una actitud de cuidado y respeto hacia la naturaleza,
participando en actividades para conservarla. Conocer las estaciones
del año identificando los cambios estacionales y sus efectos en
el medio natural.
8. Identificar río, mar, montaña, valle y llanura.
9. Saber que la Tierra gira alrededor del Sol. Conocer el nombre
de algunos planetas y que la Luna gira alrededor de la Tierra.
10. Agrupar, clasificar y ordenar elementos y colecciones según
semejanzas y diferencias (forma, color, tamaño, peso, etcétera)
y su comportamiento físico (caer, rodar, resbalar, botar, etcétera).
11. Discriminar y comparar algunas magnitudes y cuantificar
colecciones mediante el uso de la serie numérica.
12. Aprender a contar de forma correcta y conocer los primeros
números ordinales y cardinales. Identificar y escribir, al menos, los
diez primeros números. Realizar correctamente dictados de números.
13. Realizar sumas y restas sencillas.
14. Usar instrumentos de medida.
15. Conocer e identificar las formas planas y los cuerpos geométricos
más elementales: Círculo, cuadrado, triángulo, rectángulo,
esfera y cubo.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 13
16. Manejar las nociones básicas espaciales (arriba, abajo; dentro,
fuera; cerca, lejos, etcétera), y temporales (antes, después, por la
mañana, por la tarde, etcétera).
17. Identificar, conocer y vincularse afectivamente a los grupos
sociales más significativos de su entorno.
18. Distinguir a los miembros de su familia, identificando parentesco,
funciones y ocupaciones dentro del grupo.
19. Conocer las dependencias del colegio, la clase, sus miembros
y sus funciones y moverse en ellas con autonomía.
20. Identificar las dependencias de la casa y sus funciones.
21. Conocer los principales servicios comunitarios que ofrece
la comunidad en la que vive:Mercado, atención sanitaria, medios de
transporte, etcétera, y su papel en la sociedad.
22. Conocer y orientarse en los espacios cercanos a su vivienda
y al centro escolar.
23. Tomar conciencia de la necesidad de dotarse de normas
para convivir. Conocer y respetar las normas de convivencia de los
distintos grupos a los que pertenece.
24. Conocer los principales medios de comunicación.
25. Analizar situaciones conflictivas y las competencias generadas
para un adecuado tratamiento y resolución de las mismas.
26. Comprender algunas señas, elementos y costumbres que
identifican a otras culturas presentes en el medio. Establecer relaciones
de afecto, respeto y generosidad con todos sus compañeros.
27. Mostrar comportamientos adecuados y utilizar las fórmulas
de cortesía.
28. Identificar y entender algunos aspectos del Universo y de la
Prehistoria.
29. Algún invento importante para la Humanidad y el nombre
de su inventor.
Área 3
Lenguajes: Comunicación y representación
Esta área hace referencia al desarrollo de la capacidad de comunicación
del niño. Las distintas formas de comunicación y representación
sirven de nexo entre el niño y las personas de su entorno.
El trabajo en esta etapa consiste fundamentalmente en desarrollar
las capacidades relacionadas con la emisión y recepción de mensajes,
con su comprensión y su producción.
Las diferentes formas de comunicación y representación que se
integran en esta área son: El lenguaje oral y escrito, el lenguaje plástico,
el lenguaje musical, el lenguaje corporal, el lenguaje audiovisual
y el lenguaje de las tecnologías de la información y la comunicación.
El lenguaje oral es especialmente relevante en esta etapa, es el
instrumento por excelencia de aprendizaje, de regulación de la conducta
y de manifestación de sentimientos, ideas, emociones, etcétera.
La verbalización, la explicación en voz alta de lo que están aprendiendo,
de lo que piensan y de lo que sienten, es un instrumento
imprescindible para intervenir en el medio. Con la lengua oral se irá
estimulando el acceso a usos y formas cada vez más convencionales
y complejas. El maestro fomentará la correcta expresión oral del
niño dialogando con él y promoviendo que el niño relate algún cuento
o suceso de su interés a sus compañeros. Esto tendrá como finalidad
mejorar la competencia lingüística del niño, alcanzando buenos
niveles de comprensión y de expresión, el incremento de su vocabulario,
la mejora de la pronunciación y el empleo de la sintaxis para
conseguir una organización clara de las ideas.
A partir de los tres años empieza un período simbólico caracterizado
por la capacidad de operar con múltiples representaciones, entre
ellas los iconos y las representaciones gráficas que contienen alguna
información.
A los cuatro años, el lenguaje oral ha experimentado una gran
evolución y se produce un avance significativo en la capacidad del
niño para la descodificación. Es el momento de iniciar el aprendizaje
de un nuevo código: El del lenguaje escrito. El niño es capaz de
reconocer letras y de leer y escribir palabras. Esta actividad, bien dirigida
por el adulto, resulta apasionante para el niño. Este momento
es también el idóneo para entregarse a la lectura.
Un nuevo mundo se abre para el niño a medida que avanza en su
conocimiento y aplicación del código lingüístico. La utilidad de las
letras para formar palabras se amplía ahora y ofrece nuevas y desconocidas
posibilidades: La lectura y la escritura de oraciones sencillas.
El niño comienza a entender el modo en que los libros contienen
esos cuentos fascinantes que hasta ese momento le habían
contado. Que el niño disponga de libros que tocar, contemplar, hojear
y con los que deleitarse, es de la máxima importancia para ir desarrollando
su gusto y su interés por la lectura. El disfrute del niño
con esos primeros libros de literatura infantil puede traducirse en un
futuro hábito lector.
Asimismo, es necesario el desarrollo de actitudes positivas hacia
la propia lengua y la de los demás. La enseñanza de una lengua extranjera
estará centrada en la comprensión y en la expresión oral.
En la práctica docente se podrán tomar como referencia los contenidos
de las diferentes áreas o ámbitos de experiencia. Asimismo,
la enseñanza de la lengua extranjera se llevará a cabo por medio de
juegos, canciones, etcétera. El empleo de un repertorio suficiente
de juegos, canciones y dichos puede garantizar el interés por este aprendizaje.
El lenguaje audiovisual y las tecnologías de la información y la
comunicación presentes en la vida infantil, requieren un tratamiento
educativo que, a partir del uso, inicie a los niños en la comprensión
de los mensajes audiovisuales y en su utilización adecuada.
El lenguaje artístico hace referencia tanto al plástico como al musical.
El lenguaje plástico tiene un sentido educativo que incluye la
manipulación de materiales, texturas, objetos e instrumentos y el
acercamiento a las producciones plásticas, para estimular la adquisición
de nuevas habilidades y destrezas y despertar la sensibilidad
estética. A través de la expresión plástica, la pintura, el dibujo y el
modelado, los niños se adentran en diferentes facetas de la realidad
y desarrollan su sentido estético. Acercarse a algunas manifestaciones
artísticas valiosas ofrece mayores oportunidades de formación
de su criterio estético.
El lenguaje musical ofrece posibilidades de representación de la realidad
y de comunicación mediante los sonidos en el tiempo. La música
es un medio de aproximar al niño a la cultura. La expresión musical
es una forma de comunicación y de disfrute, un modo de proporcionar
al niño una formación estética.
El lenguaje corporal ofrece al niño la posibilidad de mostrar sus
emociones y su percepción de la realidad. Tiene que ver con la utilización
del cuerpo, sus gestos, actitudes y movimientos con una intención
comunicativa y representativa. La expresión corporal es expresión
de relación, comunicación e intercambio con el exterior.
Especialmente interesante resulta la consideración del juego simbólico
y de la expresión dramática como modo de manifestar su afectividad
y de dar cuenta de su conocimiento del mundo.
Estos lenguajes contribuyen, de manera complementaria, al desarrollo
integral de los niños. A través de los lenguajes los niños
desarrollan su imaginación y creatividad, aprenden, se estructura
su personalidad y sus emociones y conocen el mundo.
Objetivos
En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo
el desarrollo de las siguientes capacidades:
1. Utilizar la lengua como instrumento de aprendizaje, de representación,
de comunicación, de disfrute y de expresión de ideas y
sentimientos.
2. Valorar y utilizar la lengua oral como un medio de relación
con los demás y de regulación de la convivencia.
3. Expresar con corrección emociones, sentimientos, deseos e
ideas mediante la lengua oral y a través de otros lenguajes, eligiendo
el que mejor se ajuste a la intención y a la situación.
4. Comprender las intenciones y mensajes de otros niños y
adultos, adoptando una actitud positiva hacia la lengua, tanto propia
como extranjera.
5. Conocer y utilizar las distintas normas que rigen las conversaciones.
6. Comprender, reproducir y recrear algunos textos literarios y
de tradición cultural mostrando actitudes de valoración, disfrute e
interés hacia ellos.
7. Iniciarse en los usos sociales de la lectura y de la escritura explorando
su funcionamiento y valorándolas como instrumento de
comunicación, información y disfrute.
8. Leer y escribir palabras y oraciones sencillas.
9. Escuchar atentamente la lectura o exposición de textos sencillos
para comprender la información y ampliar el vocabulario.
10. Escuchar, preguntar, pedir explicaciones y aclaraciones, y
aceptar las orientaciones dadas por el profesor.
Pág. 14 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
11. Iniciarse en la participación de diferentes situaciones de comunicación,
respetando sentimientos, ideas y opiniones, y adoptando
las reglas básicas de la comunicación.
12. Representar, por medio de la expresión corporal, cuentos
sencillos.
13. Acercarse al conocimiento de obras artísticas expresadas en
los lenguajes plástico, musical y corporal y realizar actividades de
representación y expresión artística para comunicar vivencias y
emociones, mediante el empleo de diversas técnicas.
14. Conocer las técnicas básicas de expresión plástica.
15. Reconocer los colores primarios y su mezcla.
16. Cantar, escuchar, bailar e interpretar.
17. Aprender canciones, bailes y danzas.
18. Leer, interpretar y producir imágenes en situaciones de comunicación
dirigidas o espontáneas.
19. Conocer algunas manifestaciones culturales de su entorno.
20. Iniciarse en el uso oral de una lengua extranjera para comunicarse
en actividades dentro del aula, y mostrar interés y disfrute al
participar en estos intercambios comunicativos.
Contenidos
Bloque 1. Lenguaje verbal.
1.1. Escuchar, hablar y conversar:
— Utilización y valoración progresiva de la lengua oral para
evocar y relatar hechos, para explorar conocimientos, para
expresar y comunicar ideas y sentimientos para regular la
propia conducta y la de los demás.
— Expresión oral utilizando oraciones de distinto tipo (afirmativas,
negativas e interrogativas), cuidando el buen empleo del
género y el número y usando correctamente los tiempos verbales
(presente, pasado y futuro).
— Uso progresivo, acorde con la edad, de léxico preciso y variado,
estructuración gramatical correcta, entonación adecuada,
tono de voz apropiado, ritmo, pronunciación clara y discriminación
auditiva.
— Participación y escucha activa en situaciones habituales de
comunicación. Acomodación progresiva de sus enunciados a
los formatos convencionales, así como acercamiento a la interpretación
de mensajes, textos y relatos orales producidos
por medios audiovisuales.
— Utilización adecuada de las normas que rigen el intercambio
lingüístico, respetando el turno de palabra, escuchando con
atención y respeto. Interés y esfuerzo por expresarse correctamente.
— Exposición clara y organizada de las ideas.
— Empleo de las formas socialmente establecidas para iniciar,
mantener y terminar una conversación.
1.2. Aproximación a la lengua escrita:
— Aproximación al uso de la lengua escrita como medio de comunicación,
información y disfrute. Interés por explorar algunos
de sus elementos.
— Diferenciación entre las formas escritas y otras formas de expresión
gráfica. Identificación de palabras escritas muy significativas
y usuales. Percepción de diferencias y semejanzas
entre ellas. Iniciación al conocimiento del código escrito.
— Relaciones entre el lenguaje oral y escrito. Identificación de
letras.
— Comprensión de palabras y textos escritos a partir de experiencias
próximas al alumno.
— Escritura de letras, sílabas, palabras y oraciones sencillas.
Acentuación de las palabras.
— Lectura de sílabas y palabras. Lectura de oraciones y textos
sencillos en voz alta con pronunciación, ritmo y entonación
adecuados.
— Uso, gradualmente autónomo de diferentes recursos y soportes
de la lengua escrita como libros, revistas, periódicos, carteles,
etiquetas, pictogramas, rótulos, folletos, cuentos, tebeos,
biblioteca del aula, etcétera. Utilización progresivamente
ajustada de la información que proporcionan.
— Interpretación de imágenes, carteles, fotografías. Comprensión
y producción de imágenes secuenciadas cronológicamente.
— Interés y atención en la escucha de narraciones, explicaciones,
instrucciones o descripciones, leídas por otras personas.
— Comprensión de las palabras, oraciones y textos leídos.
— Utilización de la escritura para cumplir finalidades reales.
Desarrollo perceptivo-motriz; orientación espacio-temporal,
esquema corporal, discriminación de figuras, memoria visual.
Entrenamiento del trazo: Direccionalidad, linealidad,
orientación izquierda-derecha, distribución y posición al escribir.
Gusto por producir mensajes con trazos cada vez más
precisos y legibles.
— Disfrute con el lenguaje escrito.
1.3. Acercamiento a la literatura:
— Escucha atenta, comprensión de cuentos, relatos, canciones,
leyendas, poesías, rimas, adivinanzas y retahílas, tanto tradicionales
como contemporáneas, de forma individual y en
grupo, como fuente de placer y de aprendizaje.
— Memorización y recitado de algunos textos de carácter poético,
folclóricos o de autor, disfrutando de las sensaciones que
el ritmo, la rima, y la belleza de las palabras producen.
— Participación creativa en juegos lingüísticos para divertirse y
para aprender.
— Dramatización de textos literarios y disfrute e interés por expresarse
con ayuda de recursos extralingüísticos.
— Interés por compartir interpretaciones, sensaciones y emociones
provocadas por las producciones literarias.
— Manejo y cuidado de los cuentos y los libros.
— Utilización de la biblioteca con respeto y cuidado. Valoración
de la biblioteca como recurso informativo de entretenimiento
y disfrute.
1.4. Lengua extranjera:
— La lengua extranjera como medio de comunicación oral.
— Interés por participar en interacciones orales en lengua extranjera
en rutinas y situaciones habituales de comunicación.
— Comprensión de la idea global de textos orales, en lengua extranjera,
en situaciones habituales del aula y cuando se habla
de temas conocidos y predecibles.
— Comprensión de textos sencillos transmitidos oralmente.
— Actitud positiva hacia la lengua extranjera.
— Expresión oral con buena entonación y pronunciación.
— Adquisición de vocabulario básico.
— Comprensión de mensajes, preguntas y órdenes sencillas.
— Uso de normas socialmente establecidas para iniciar, mantener
y terminar una conversación: Saludar, despedirse, dar las
gracias, etcétera.
— Comprensión y reproducción de poesías, canciones, etcétera.
Bloque 2. Lenguaje audiovisual y tecnologías de la información
y la comunicación.
— Iniciación en el uso de instrumentos tecnológicos como ordenador,
cámara o reproductores de sonido e imagen, como elementos
de comunicación.
— Acercamiento a producciones audiovisuales como películas,
dibujos animados o videojuegos. Valoración crítica de sus
contenidos y de su estética.
— Distinción progresiva entre la realidad y la representación audiovisual.
— Toma progresiva de conciencia de la necesidad de un uso moderado
de los medios audiovisuales, y de las tecnologías de la
información y la comunicación.
Bloque 3. Lenguaje plástico.
— La expresión plástica como medio de comunicación y representación.
— Experimentación y descubrimiento de algunos elementos que
configuran el lenguaje plástico (línea, forma, color, textura,
espacio).
— Expresión y comunicación de hechos, sentimientos y emociones,
vivencias, o fantasías a través del dibujo y de producciones
plásticas realizadas con distintos materiales y técnicas.
— Las técnicas básicas de la expresión plástica: dibujo, pintura,
modelado. Materiales y útiles.
— Representación de la figura humana, diferenciando las distintas
partes de su cuerpo.
— Los colores primarios y su mezcla.
— Uso del “collage” como medio de experimentación con diversos
materiales, formas y colores.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 15
— Interpretación y valoración progresivamente ajustada de diferentes
tipos de obras plásticas presentes en el entorno.
— Iniciación al arte: pintura, escultura y arquitectura. Principales
elementos. Autores representativos. Ámbitos de exposición:
El museo.
Bloque 4. Lenguaje musical.
— Ruido, silencio, música.
— Exploración de posibilidades sonoras de la voz, del propio
cuerpo, de los objetos cotidianos y de los instrumentos musicales.
Utilización de los sonidos hallados para la interpretación
y la creación musical. Música coral e instrumental.
— Reconocimiento de sonidos y ruidos de la vida diaria: ambulancias,
trenes, coches, timbres, animales, etcétera, y discriminación
de sus rasgos distintivos y de algunos contrastes básicos
(largo-corto, fuerte-suave, agudo-grave).
— Audición atenta de obras musicales presentes en el entorno:
canciones populares infantiles, danzas, bailes y audiciones.
— Interés y participación activa y disfrute en la interpretación
de canciones, juegos musicales y danzas sencillas.
— La canción como elemento expresivo. Canciones de su entorno
y del mundo.
Bloque 5. Lenguaje corporal.
— Descubrimiento y experimentación de gestos y movimientos
como recursos corporales para la expresión y la comunicación.
— Utilización, con intención comunicativa y expresiva, de las
posibilidades motrices del propio cuerpo con relación al espacio
y al tiempo: Actividad, movimiento, respiración, equilibrio,
relajación.
— Nociones de direccionalidad con el propio cuerpo.
— Desplazamientos por el espacio con movimientos diversos.
— Representación espontánea de personajes, hechos, situaciones
e historias sencillas reales o imaginarias en juegos simbólicos,
individuales y compartidos.
— Interés e iniciativa para participar en actividades de dramatización,
danzas, juego simbólico y otros juegos de expresión
corporal.
Criterios de evaluación
1. Utilizar la lengua oral del modo más conveniente para una interacción
positiva con sus iguales y con las personas adultas, según
las intenciones comunicativas.
2. Valorar el interés y el gusto por la utilización pertinente y
creativa de la expresión oral para regular la propia conducta, para relatar
vivencias, para razonar y resolver situaciones conflictivas, para
comunicar sus estados de ánimo y compartirlos con los demás.
3. Comprender mensajes orales diversos, relatos, producciones
literarias, descripciones, explicaciones e informaciones que les permitan
participar de la vida en el aula mediante la comunicación oral:
Conversaciones, cuentos, refranes, canciones, adivinanzas, poesías,
etcétera, mostrando una actitud de escucha atenta y respetuosa.
4. Hablar con una pronunciación correcta.
5. Discriminar auditivamente palabras y sílabas.
6. Mostrar respeto a los demás manifestando interés y atención
hacia lo que dicen y en el uso de las convenciones sociales: Guardar
el turno de palabra, escuchar, mirar al interlocutor, mantener el
tema, así como aceptar las diferencias.
7. Mostrar interés por los textos escritos presentes en el aula y
en el entorno próximo, iniciándose en su uso, en la comprensión de
sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del
código escrito.
8. Interesarse y participar en las situaciones de lectura y escritura
que se producen el aula.
9. Reconocer las grafías dentro de las palabras e identificar letras.
Leer letras, sílabas, palabras, oraciones y textos sencillos, comprendiendo
lo leído.
10. Representar gráficamente lo leído. Escribir letras, sílabas,
palabras y oraciones. Escribir los acentos en las palabras. Realizar
copias sencillas y dictados de palabras.
11. Memorizar y contar pequeños relatos, cuentos, sucesos, refranes,
canciones, adivinanzas, trabalenguas, poesías y retahílas,
con buena entonación y pronunciación.
12. Dramatizar textos sencillos.
13. Usar adecuadamente el material escrito (libros, periódicos,
etiquetas, publicidad, cartas, etcétera).
14. Interpretar imágenes, carteles, fotografías, pictogramas y
cuentos.
15. Conocer y usar palabras y expresiones sencillas para iniciar,
mantener y terminar una conversación en la vida cotidiana, en una
lengua extranjera.
16. Expresarse y comunicar vivencias, emociones y sentimientos
utilizando medios, materiales y técnicas propios de los diferentes
lenguajes artísticos y audiovisuales, mostrando interés por explorar
sus posibilidades, por disfrutar con sus producciones y por
compartir con los demás las experiencias estéticas y comunicativas.
17. Identificar los colores primarios y su mezcla y realizar mezclas
de colores.
18. Representar la figura humana.
19. Reconocer materiales aptos para la escultura: Madera, bronce,
barro, escayola, papel.
20. Reconocer algunos elementos arquitectónicos de los edificios:
fachada, tejado, ventana, columna, arco.
21. Conocer algunos artistas representativos.
22. Conocer las posibilidades sonoras del propio cuerpo, de los
objetos y de los instrumentos musicales.
23. Memorizar canciones.
24. Desplazarse por el espacio con distintos movimientos.
25. Desarrollar la sensibilidad estética y actitudes positivas hacia
las producciones artísticas en distintos medios, así como el interés
para compartirlas.
NÚMERO DE HORAS SEMANALES
Áreas Cinco años
Conocimiento de sí mismo y autonomía personal 4,0 (1)
Conocimiento del entorno 8,0 (1)
Lenguajes: Comunicación y representación 9,0 (2)
Religión 1,5 (1)
ANEXO II
HORARIO SEMANAL ASIGNADO A CADA ÁREA
EN EL ÚLTIMO CURSO DEL SEGUNDO CICLO
DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
(1) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la representación
numérica y a la iniciación al aprendizaje del cálculo.
(2) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la iniciación al
aprendizaje de la lectura y de la escritura. También debe incluir una sesión semanal
dedicada al lenguaje musical y, al menos, una hora y media dedicada a una primera
aproximación al uso oral de una lengua extranjera, repartida en un mínimo de dos sesiones.
(03/7.509/08)
Consejería de Educación
1055 DECRETO 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de
Gobierno, por el que se establecen los requisitos mínimos
de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece
la Educación Infantil como la primera etapa del sistema educativo,
distinguiendo dos ciclos, el primero hasta los tres años de edad y el
segundo desde los tres a los seis años de edad.
En su artículo 14.7 establece que las administraciones educativas
regularán los requisitos que han de cumplir los centros que impartan
el primer ciclo de Educación Infantil, relativos a la relación numérica
alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.
El artículo 92.1 de la citada Ley Orgánica establece que la atención
educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil
correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro
con la especialización en Educación Infantil o el título de grado
equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación
para la atención a las niñas y niños de esta edad. En virtud de lo establecido
en el referido artículo 14.7 procede que la Comunidad de

Publicado el Decreto de mínimos de la CAM

También ha sido publicado con fecha de 12 de Marzo de 2008, podréis establecer las comparaciones oportunas con el borrador del mismo.



B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 15
— Interpretación y valoración progresivamente ajustada de diferentes
tipos de obras plásticas presentes en el entorno.
— Iniciación al arte: pintura, escultura y arquitectura. Principales
elementos. Autores representativos. Ámbitos de exposición:
El museo.
Bloque 4. Lenguaje musical.
— Ruido, silencio, música.
— Exploración de posibilidades sonoras de la voz, del propio
cuerpo, de los objetos cotidianos y de los instrumentos musicales.
Utilización de los sonidos hallados para la interpretación
y la creación musical. Música coral e instrumental.
— Reconocimiento de sonidos y ruidos de la vida diaria: ambulancias,
trenes, coches, timbres, animales, etcétera, y discriminación
de sus rasgos distintivos y de algunos contrastes básicos
(largo-corto, fuerte-suave, agudo-grave).
— Audición atenta de obras musicales presentes en el entorno:
canciones populares infantiles, danzas, bailes y audiciones.
— Interés y participación activa y disfrute en la interpretación
de canciones, juegos musicales y danzas sencillas.
— La canción como elemento expresivo. Canciones de su entorno
y del mundo.
Bloque 5. Lenguaje corporal.
— Descubrimiento y experimentación de gestos y movimientos
como recursos corporales para la expresión y la comunicación.
— Utilización, con intención comunicativa y expresiva, de las
posibilidades motrices del propio cuerpo con relación al espacio
y al tiempo: Actividad, movimiento, respiración, equilibrio,
relajación.
— Nociones de direccionalidad con el propio cuerpo.
— Desplazamientos por el espacio con movimientos diversos.
— Representación espontánea de personajes, hechos, situaciones
e historias sencillas reales o imaginarias en juegos simbólicos,
individuales y compartidos.
— Interés e iniciativa para participar en actividades de dramatización,
danzas, juego simbólico y otros juegos de expresión
corporal.
Criterios de evaluación
1. Utilizar la lengua oral del modo más conveniente para una interacción
positiva con sus iguales y con las personas adultas, según
las intenciones comunicativas.
2. Valorar el interés y el gusto por la utilización pertinente y
creativa de la expresión oral para regular la propia conducta, para relatar
vivencias, para razonar y resolver situaciones conflictivas, para
comunicar sus estados de ánimo y compartirlos con los demás.
3. Comprender mensajes orales diversos, relatos, producciones
literarias, descripciones, explicaciones e informaciones que les permitan
participar de la vida en el aula mediante la comunicación oral:
Conversaciones, cuentos, refranes, canciones, adivinanzas, poesías,
etcétera, mostrando una actitud de escucha atenta y respetuosa.
4. Hablar con una pronunciación correcta.
5. Discriminar auditivamente palabras y sílabas.
6. Mostrar respeto a los demás manifestando interés y atención
hacia lo que dicen y en el uso de las convenciones sociales: Guardar
el turno de palabra, escuchar, mirar al interlocutor, mantener el
tema, así como aceptar las diferencias.
7. Mostrar interés por los textos escritos presentes en el aula y
en el entorno próximo, iniciándose en su uso, en la comprensión de
sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del
código escrito.
8. Interesarse y participar en las situaciones de lectura y escritura
que se producen el aula.
9. Reconocer las grafías dentro de las palabras e identificar letras.
Leer letras, sílabas, palabras, oraciones y textos sencillos, comprendiendo
lo leído.
10. Representar gráficamente lo leído. Escribir letras, sílabas,
palabras y oraciones. Escribir los acentos en las palabras. Realizar
copias sencillas y dictados de palabras.
11. Memorizar y contar pequeños relatos, cuentos, sucesos, refranes,
canciones, adivinanzas, trabalenguas, poesías y retahílas,
con buena entonación y pronunciación.
12. Dramatizar textos sencillos.
13. Usar adecuadamente el material escrito (libros, periódicos,
etiquetas, publicidad, cartas, etcétera).
14. Interpretar imágenes, carteles, fotografías, pictogramas y
cuentos.
15. Conocer y usar palabras y expresiones sencillas para iniciar,
mantener y terminar una conversación en la vida cotidiana, en una
lengua extranjera.
16. Expresarse y comunicar vivencias, emociones y sentimientos
utilizando medios, materiales y técnicas propios de los diferentes
lenguajes artísticos y audiovisuales, mostrando interés por explorar
sus posibilidades, por disfrutar con sus producciones y por
compartir con los demás las experiencias estéticas y comunicativas.
17. Identificar los colores primarios y su mezcla y realizar mezclas
de colores.
18. Representar la figura humana.
19. Reconocer materiales aptos para la escultura: Madera, bronce,
barro, escayola, papel.
20. Reconocer algunos elementos arquitectónicos de los edificios:
fachada, tejado, ventana, columna, arco.
21. Conocer algunos artistas representativos.
22. Conocer las posibilidades sonoras del propio cuerpo, de los
objetos y de los instrumentos musicales.
23. Memorizar canciones.
24. Desplazarse por el espacio con distintos movimientos.
25. Desarrollar la sensibilidad estética y actitudes positivas hacia
las producciones artísticas en distintos medios, así como el interés
para compartirlas.
NÚMERO DE HORAS SEMANALES
Áreas Cinco años
Conocimiento de sí mismo y autonomía personal 4,0 (1)
Conocimiento del entorno 8,0 (1)
Lenguajes: Comunicación y representación 9,0 (2)
Religión 1,5 (1)
ANEXO II
HORARIO SEMANAL ASIGNADO A CADA ÁREA
EN EL ÚLTIMO CURSO DEL SEGUNDO CICLO
DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
(1) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la representación
numérica y a la iniciación al aprendizaje del cálculo.
(2) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la iniciación al
aprendizaje de la lectura y de la escritura. También debe incluir una sesión semanal
dedicada al lenguaje musical y, al menos, una hora y media dedicada a una primera
aproximación al uso oral de una lengua extranjera, repartida en un mínimo de dos sesiones.
(03/7.509/08)
Consejería de Educación
1055 DECRETO 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de
Gobierno, por el que se establecen los requisitos mínimos
de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece
la Educación Infantil como la primera etapa del sistema educativo,
distinguiendo dos ciclos, el primero hasta los tres años de edad y el
segundo desde los tres a los seis años de edad.
En su artículo 14.7 establece que las administraciones educativas
regularán los requisitos que han de cumplir los centros que impartan
el primer ciclo de Educación Infantil, relativos a la relación numérica
alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.
El artículo 92.1 de la citada Ley Orgánica establece que la atención
educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil
correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro
con la especialización en Educación Infantil o el título de grado
equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación
para la atención a las niñas y niños de esta edad. En virtud de lo establecido
en el referido artículo 14.7 procede que la Comunidad de
FAPA. Reg.: 146/07
Pág. 16 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
Madrid, en su ámbito territorial, regule las titulaciones que deben
poseer dichos profesionales.
El Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece
el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo,
establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, regula en su artículo 4 que antes de la fecha de implantación
del primer ciclo de la Educación Infantil y, en todo caso, antes
del 31 de diciembre del año 2007, se establecerán los requisitos
que deben cumplir los centros que imparten el primer ciclo de Educación
Infantil.
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en los referidos artículos
14.7 y 92.1 de la Ley Orgánica de Educación, procede que la
Comunidad de Madrid, al amparo de lo establecido en el artículo 29
del Estatuto de Autonomía, y en su ámbito territorial, determine los
requisitos que deben cumplir los centros educativos que imparten el
primer ciclo de Educación Infantil y defina las titulaciones que deben
poseer los correspondientes profesionales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid, a propuesta de la Consejera de Educación, tras el
preceptivo informe del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid,
de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de marzo de 2008,
DISPONE
Capítulo I
Disposiciones de carácter general
Artículo 1
Ámbito de aplicación
1. El presente Decreto es de aplicación a los centros ubicados en
la Comunidad de Madrid que imparten primer ciclo de Educación
Infantil.
2. Los centros a los que se refiere el presente Decreto deberán
reunir los requisitos mínimos que se establecen en el mismo.
3. Los centros ubicados en la Comunidad deMadrid que acojan
regularmente a niños menores de tres años y que no impartan el primer
ciclo de Educación Infantil deberán cumplir la normativa municipal
correspondiente o cualquier otra normativa que les sea de aplicación.
Artículo 2
Titularidad de los centros
1. Los centros de primer ciclo de Educación Infantil podrán ser
de titularidad pública o de titularidad privada.
2. Serán centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración
pública.
3. Serán centros privados aquellos cuyos titulares sean personas
físicas o jurídicas de carácter privado de nacionalidad española o de
cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
4. Podrán también obtener la autorización las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, de nacionalidad extranjera, ajustándose
a lo que resulte de la legislación vigente de los acuerdos internacionales
o, en su caso, del principio de reciprocidad.
Artículo 3
Denominación de los centros
1. Los centros públicos se denominarán genéricamente Escuelas
Infantiles.
2. La denominación genérica de los centros de titularidad privada
que impartan enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil
será la de Escuelas Infantiles Privadas.
3. Todos los centros deberán tener una denominación específica,
que será la que figure en la correspondiente inscripción en el Registro
de Centros Docentes y que no podrá ser coincidente con la de
ningún otro centro del mismo municipio.
4. No podrán utilizar las denominaciones genéricas establecidas
en el presente Decreto, ni otras que induzcan a error o confusión,
aquellos centros que no hayan sido creados o autorizados por la Administración
Educativa como centros de Educación Infantil.
Artículo 4
Principio de autorización administrativa de los centros privados
1. En el ámbito de la Comunidad de Madrid los centros privados
que impartan el primer ciclo de Educación Infantil quedarán sometidos
al principio de autorización administrativa por parte de la
Consejería de Educación de acuerdo a lo establecido en el artículo
23 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, del Derecho a la Educación.
2. La autorización se concederá siempre que reúnan los requisitos
mínimos que se establecen en este Decreto.
3. La autorización se revocará cuando los centros dejen de reunir
los requisitos establecidos en el presente Decreto. La Consejería
de Educación, de oficio o a instancias de los interesados, y conforme
al procedimiento establecido para ello, procederá a revocar la
autorización, mediante resolución motivada.
Artículo 5
Registro de centros
1. Los centros que impartan primer ciclo de Educación Infantil
se inscribirán de oficio en el Registro de Centros Docentes de la
Consejería de Educación, dándose traslado de las inscripciones registrales
al Registro Especial de Centros Docentes delMinisterio de
Educación y Ciencia en el plazo establecido en la normativa.
2. La inclusión en el Registro subsistirá en tanto permanezcan
las condiciones en las que se fundó la inscripción.
Capítulo II
Requisitos de instalaciones y número de puestos escolares
Artículo 6
Condiciones generales de los centros
Los centros deberán reunir las condiciones higiénicas, sanitarias,
acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que sean
exigidas por la legislación vigente para la obtención de las correspondientes
licencias municipales. La responsabilidad del cumplimiento
de dichos requisitos será del titular del centro.
Artículo 7
Requisitos específicos
Sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones a que se hace
referencia en el artículo anterior, los centros de primer ciclo de Educación
Infantil deberán reunir los siguientes requisitos referidos a
instalaciones:
1. Ubicación en locales con acceso independiente y de uso exclusivamente
educativo en el horario escolar. Un aula por cada unidad,
que tendrá como mínimo 30 metros cuadrados. Las aulas destinadas
a unidades que atienden a niños menores de dos años
dispondrán de equipamiento necesario para el descanso y un cambiador
para la higiene del niño.
2. En el caso de los centros que tengan menos de 3 unidades
podrá autorizarse el funcionamiento de unidades con superficie inferior
a 30 metros cuadrados siempre que dicha superficie sea al
menos de 2 metros cuadrados por cada niño y que tenga, como mínimo,
18 metros cuadrados.
3. Un espacio para la preparación de alimentos cuando haya niños
menores de un año, con capacidad para los equipamientos que
determine la normativa vigente.
4. En el caso de que el centro disponga de 3 o más unidades, un
espacio de usos múltiples de, al menos, 30 metros cuadrados que, en
su caso, también podrá ser usado como comedor.
5. Un patio de juegos que tendrá las siguientes características:
a) Centros de 9 o más unidades:
a.1) Un patio de juegos que será de uso exclusivo y con una
superficie que, en ningún caso podrá ser inferior a 70
metros cuadrados, debiendo incrementarse dicha superficie
de forma proporcional al número de unidades
que exceda de 9. Si en el recinto escolar, además del
primer ciclo de Educación Infantil, se impartieran otras
enseñanzas distintas a las de Educación Infantil, deberá
garantizarse el uso de dicho patio en horario independiente
del resto de niveles educativos.
B.O.C.M. Núm. 61 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 Pág. 17
a.2) Cuando concurran circunstancias singulares suficientemente
acreditadas a juicio de la Administración Educativa,
la Consejería de Educación podrá considerar cumplido
el requisito anterior y autorizarse como zona de
juegos un espacio al aire libre debidamente vigilado y
acondicionado, aunque no sea de uso exclusivo, o incluso
una superficie pública de esparcimiento, siempre
y cuando estén situados en las proximidades del centro
y que en el desplazamiento de los niños hasta ellos
no sea necesario atravesar ninguna vía con tráfico rodado,
incluidas salidas de garajes, a fin de garantizar su
seguridad.
b) Centros de menos de 9 unidades.
En aquellos centros con menos de 9 unidades podrá autorizarse
como patio de juegos un espacio que cumpla los requisitos establecidos
en los puntos a.1) o a.2) del presente apartado 5 siempre que
disponga de una superficie de, al menos, 30 metros cuadrados para
centros de menos de 3 unidades, o de, al menos, 60 metros, en el
caso de los centros de 3 a 8 unidades.
6. Un aseo por aula, destinada a niños de dos a tres años, que deberá
ser visible y accesible desde la misma. El aseo contará con, al
menos, dos lavabos y dos inodoros de tamaño adecuado a la estatura
de los niños.
7. Un aseo para el personal del centro, separado de las unidades
y de los servicios de los niños, que contará con un lavabo, un inodoro
y una ducha.
8. Un despacho de dirección y secretaría, que podrá ser utilizado
como sala de profesores.
Artículo 8
Puestos escolares
1. Los centros tendrán, como máximo, el siguiente número de
niños por unidad escolar:
a) Unidades para niños menores de un año: 1/8.
b) Unidades para niños de uno a dos años: 1/14.
c) Unidades para niños de dos a tres años: 1/20.
2. Los centros que dispongan de menos de 3 unidades escolares
podrán agrupar en sus aulas niños de edades diferentes, con una ratio
máxima de 15 niños por unidad escolar. El número de niños definitivo
de los grupos formados por niños de edades diferentes deberá
ser autorizado por las Direcciones de Área Territorial de la
Consejería de Educación, a propuesta del centro y con el visto bueno
del Servicio de Inspección de Educación, teniendo en cuenta la
distribución de edades y no pudiendo en ningún caso autorizarse un
número de niños de un mismo rango de edad superior al permitido
en el apartado 1 del presente artículo.
3. Las Órdenes por las que se autorice la apertura y funcionamiento
de los centros de titularidad privada indicarán expresamente
que el número de puestos escolares del centro vendrá determinado
por el número máximo de niños por unidad escolar en función de su
edad y, en el caso de los centros a los que se refiere el punto anterior,
con la superficie de las aulas, de conformidad con lo establecido
en este artículo y en el anterior.
Capítulo III
Requisitos de titulación del personal educativo
Artículo 9
Titulación de profesionales
La atención educativa directa a los niños correrá a cargo de profesionales
con las siguientes titulaciones:
a) Técnicos Superiores en Educación Infantil, o Técnico Especialista
Educador Infantil (módulo de nivel III), o Técnico
Especialista en Jardines de Infancia, o Profesionales que estén
habilitados por la Administración Educativa para impartir
primer ciclo de Educación Infantil.
b) Maestros con la especialidad de Educación Infantil, o Profesor
de Educación General Básica con especialidad de educación
preescolar, o Maestros de Primera Enseñanza, o Diplomado
o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil
debidamente reconocida por la Administración Educativa.
Artículo 10
Número de profesionales
1. Los centros que tengan 3 o más unidades deberán contar con
personal cualificado en número igual al de unidades en funcionamiento
más uno. Los centros que tengan menos de 3 unidades deberán
contar, como mínimo, con personal cualificado en número igual
al número de unidades autorizadas.
2. Por cada 6 unidades o fracción deberá haber, al menos, un
Maestro Especialista en Educación Infantil o grado equivalente.
3. Las zonas de Casas de Niños contarán, al menos, con un
maestro de Educación Infantil por zona.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Agrupamiento de niños de primer y segundo ciclo
de Educación Infantil
1. Por necesidades vinculadas a las demandas de las familias y
de forma excepcional, podrán autorizarse agrupamientos de niños
de primer y segundo ciclo de Educación Infantil.
2. En las condiciones que establezca el titular de la Consejería
de Educación, y también de forma excepcional, podrán autorizarse
centros de una sola unidad que agrupe niños de ambos ciclos.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Expedientes de autorización de centros privados
en tramitación
Los expedientes de autorización de centros de titularidad privada
que se encuentren en trámite en el momento de su entrada en vigor
de este Decreto se resolverán de conformidad con lo previsto en el
mismo, salvo que ya hubiera sido notificada al promotor la aprobación
del Proyecto de Instalaciones elaborado al amparo de la normativa
sobre requisitos mínimos vigente en la fecha de presentación de
la solicitud de la autorización.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Régimen jurídico de las autorizaciones
de los centros privados
En tanto que la Comunidad de Madrid no establezca el régimen
jurídico de las autorizaciones de los centros privados de primer ciclo
de Educación Infantil, será de aplicación con carácter supletorio
el procedimiento establecido en el Real Decreto 332/1992, de 3 de
abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir
enseñanzas de régimen general no universitarias.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA
Centros privados no autorizados
Los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil y
no estén autorizados por la Administración Educativa dispondrán de
tres años a partir de la entrada en vigor de este Decreto para obtener
dicha autorización, según lo establecido en la disposición adicional
cuarta del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece
el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema
educativo, establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
1. A la entrada en vigor de este Decreto quedará derogada la Orden
2879/2004, de 23 de julio, de la Consejería de Educación, por la
que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan
el primer ciclo de Educación Infantil.
2. Quedan derogados los artículos 5 y 6 del Decreto 60/2000,
de 6 de abril, por el que se establece la capacidad máxima de niños
por aulas de escuelas de Educación Infantil de la Comunidad de
Madrid.
Pág. 18 MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 61
3. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior
rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Desarrollo normativo
El titular de la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias,
dictará cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo
y ejecución de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 6 de marzo de 2008.
La Consejera de Educación, La Presidenta,
LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
(03/7.510/08)
B) Autoridades y Personal
Consejería de Justicia y Administraciones Públicas
1056 RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2008, del Director General
de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados
en el recurso contencioso-administrativo AB-841/07, interpuesto
por doña Carmen Royuela Prieto en su propio
nombre y representación.
Interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 19 de los de Madrid, por doña Carmen Royuela Prieto, en
su propio nombre y representación, recurso contencioso-administrativo
AB-841/07, contra la Resolución de 4 de julio de 2007 de la Dirección
General de Función Pública, desestimando el recurso de alzada
frente al Acuerdo del Tribunal Calificador de 18 de abril
de 2007, por el que se hace pública la relación de aspirantes que han
superado la fase de oposición de las pruebas selectivas de promoción
interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de
Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.
Esta Dirección General
HA RESUELTO
Primero
De conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, emplazar
a todos los posibles interesados en el procedimiento para que
puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve
días siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el referido Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, significándoles que si lo hicieran
posteriormente se les tendrá por parte para los trámites no
precluidos, y si no se personasen oportunamente continuará el procedimiento
sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier
otra forma, notificaciones de clase alguna.
Segundo
Poner en conocimiento de dichos emplazados que la fecha que se
fija para la celebración de la vista es el día 28 de enero de 2009, a las
diez y diez horas, por si conviniere a su derecho asistir a la misma,
así como que la resolución por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo correspondiente, se encuentra a disposición
de los mismos en el tablón de anuncios de las siguientes dependencias
de la Comunidad de Madrid.
— Oficina de Atención al Ciudadano. Gran Vía, número 3,
28013 Madrid.
— Consejería de Hacienda. Gran Vía, número 43, 28013 Madrid.
— Dirección General de Función Pública. Plaza del Conde del
Valle de Suchil, número 20, primero, 28015 Madrid.
— Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno. Plaza de
Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid.
— Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones
Públicas. Gran Vía, número 18, 28013 Madrid.
— Consejería de Presidencia e Interior. Plaza de Pontejos, número
1, 28013 Madrid.
— Consejería de Economía y Consumo. Calle Príncipe de Vergara,
número 132, 28010 Madrid.
— Consejería de Transportes e Infraestructuras. Calle Maudes,
número 17, 28003 Madrid.
— Consejería de Educación. Calle Alcalá, número 30-32, 28014
(Madrid).
— Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Calle Princesa, número 3, primera planta, 28008 Madrid.
— Consejería de Sanidad. Calle Aduana, número 29, 28013
Madrid.
— Consejería de Cultura y Turismo. Calle Alcalá, número 31,
28014 Madrid.
— Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Calle Alcalá, número
63, 28014 Madrid.
— Consejería de Empleo yMujer. Calle Santa Hortensia, número
30, 28002 Madrid.
— Consejería de Inmigración y Cooperación. Calle Los Madrazo,
número 34, 28014 Madrid.
— Consejería de Deportes. Gran Vía, número 43, 28013 Madrid.
— Consejería de Vivienda. Calle Jorge Juan, número 35, 28001
Madrid.
Madrid, a 22 de febrero de 2008.—El Director General de Función
Pública, Miguel Ángel López González.
(03/6.795/08)
Consejería de Justicia y Administraciones Públicas
1057 RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2008, de la Dirección
General de Función Pública, por la que se aprueba y publica
la lista de espera provisional y se requiere documentación
acreditativa del cumplimiento de requisitos a los integrantes
de la lista del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos
Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración
Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 433/2006, de 8 de febrero, de la entonces denominada
Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 27 de febrero), se convocaron pruebas selectivas
para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos
Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial,
Grupo A, de la Comunidad de Madrid, que han sido resueltas
por Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Dirección General
de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 14 de febrero).
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto
50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos
de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal
funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de abril), y en
la base decimotercera de la propia convocatoria de pruebas selectivas,
procede la formación de una lista de espera, integrada por un
máximo de 25 candidatos, con los aspirantes del turno libre y el turno
de discapacidad que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la
calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso
selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de
no formar parte de dicha lista de espera, o que el Tribunal de Selección
anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por
incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación
en la presente convocatoria.
Los aspirantes que deben integrar la referida lista de espera deberán
acreditar, con anterioridad a la aprobación de la misma, que
cumplen los requisitos establecidos por la base segunda de la convocatoria.