lunes, 15 de febrero de 2010

Propuestas de la Plataforma por la Defensa del 06 para ser contempladas en el Pacto Educativo.

La Plataforma Estatal por la Defensa de la etapa 0-6 años desea contribuir a establecer una serie de propuestas que puedan ser incorporadas al Pacto Educativo que propone el Gobierno en relación con la etapa de Educación Infantil, lo que requiere modificar los artículos 14.7, 15.4 y 92.1 de la LOE.

En primer lugar,
la educación infantil en su totalidad ha de ser regulada, con calidad, mediante un Real Decreto de Enseñanzas del primer ciclo que se adscriba al que existe ya para el segundo ciclo. Del mismo modo, la regulación de los requisitos mínimos de los centros del primero, en las mismas condiciones de calidad, debe incorporarse al actual borrador de Real Decreto para todas las etapas educativas no universitarias.

La exclusión de este nivel educativo de las regulaciones estatales, en aplicación del artículo 14.7. de la LOE, ha producido su dispersión al autorizar a las Comunidades Autónomas para que fijen ambos aspectos con diecisiete criterios diferentes.

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En segundo lugar, la etapa de Educación Infantil ha perdido la entidad propia al aumentar de forma desorbitada un currículo que configura el carácter preparatorio para la siguiente etapa, especialmente en el segundo ciclo.

Es imprescindible que los contenidos educativos sean revisados, que se centren las capacidades, derechos y necesidades de estas edades, los que, al ser desarrollados de forma armónica y equilibrada, contribuirán no sólo a la vivencia plena de la Primera Infancia, sino al futuro éxito escolar.

Estudios científicos de reconocido prestigio internacional avalan el desarrollo integral y la importancia de una educación de calidad en las edades más tempranas.

Los indicadores de calidad se refieren al número de niños por adulto, al ajuste de los espacios interiores y exteriores, a la intervención cooperativa del conjunto de profesionales preparados académica y personalmente, a la colaboración estrecha entre familias, entorno y escuela, a la responsabilidad compartida entre administraciones y escuelas, a políticas de inclusión socioeducativas que cuenten con los recursos personales y materiales adecuados y a favor de la Primera Infancia.

La Educación Infantil de Calidad cimenta la vida escolar obligatoria de etapas posteriores. Así lo certifican las políticas de los países que apuestan por estos criterios.

En tercer lugar, la proporción niños/adulto en el primero y segundo ciclo de Educación Infantil, imposibilita una educación de calidad y, asimismo, una respuesta correcta a las necesidades específicas de apoyo educativo, incluidas las necesidades educativas especiales.

Muchos y muchas buenas profesionales están en estos momentos sufriendo la presión y desesperanza que representa intentar dar la mejor respuesta posible sin contar con los medios precisos, repercutiendo en una insatisfacción personal y profesional permanente, a pesar de la dedicación que desarrollan por encima de sus obligaciones.

Esto ocurre muy especialmente en el primer ciclo en el que sus profesionales sufren además condiciones laborales absolutamente discriminatorias respecto al resto.

En cuarto lugar, el incremento de plazas en el primer ciclo de la Educación Infantil no puede ser la excusa para obviar todos los criterios que se han expuesto anteriormente, ni la causa de que no exista la regulación mínima de los requisitos mínimos.

La conciliación de las necesidades personales, parentales y sociales, no puede ser cubierta en exclusiva por la educación infantil. Deben arbitrarse todo un conjunto de medidas amplias, incentivadas desde diferentes áreas ministeriales y asumidas por las empresas, que den la posibilidad a las mujeres y a los hombres con hijos pequeños de armonizar su vida profesional con la familiar. Políticas sociales que en otros países, se han demostrado eficaces para equilibrar la igualdad de oportunidades de las mujeres, su mayor acceso al empleo y han respetado el derecho a la educación de los niños y niñas. Estas políticas sociales son las que aseguran mayor equidad, mayor éxito escolar y mayor responsabilidad civil y democrática.

En quinto lugar, uno de los indicadores de mayor calidad en la educación infantil es la preparación de los profesionales. Profesionales que deben tener la misma formación académica de titulación universitaria que el resto de profesionales del sistema escolar.

Ya es bastante curioso que el primer ciclo de educación infantil, tenga dos titulaciones exigidas y de diferente origen académico (título de Grado y título de Técnico Superior), para añadirle una tercera vía que no asegura ni certifica la calidad mínima exigible para el primer ciclo.

En otros países, la formación específica de los profesionales de educación infantil, no implica la degradación de la titulación inicial, sino la adecuación de los estudios a la propia etapa (caso de los países nórdicos, por ejemplo). Además, existe un riguroso control y supervisión de los candidatos/as, una formación complementaria durante el tiempo de trabajo y unas condiciones profesionales que son imprescindibles para el buen desarrollo de la educación infantil.

Las políticas educativas exigen una alta cualificación de los profesionales y una evaluación continua de su trabajo. En este sentido, lamentamos que el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, no haya tenido en cuenta estas consideraciones y que haya incluido la Educación Infantil como un trabajo de producción y de servicios.

En sexto lugar, el Plan Educa3 que se ha presentado como la respuesta ministerial, en régimen de acuerdo con las Comunidades Autónomas, a la necesidad de incrementar la oferta de plazas en el primer ciclo de educación infantil, no es la única solución para que la etapa educativa sea considerada como tal.

La necesidad URGENTE Y BASICA y que no puede aplazarse, es la regulación de los requisitos mínimos y de enseñanzas del primer ciclo, mediante la promulgación de los Reales Decretos antes mencionados.

Además, el planteamiento del Plan Educa3 de favorecer a grupos de población para incrementar las oportunidades para una mejora de la posterior escolaridad, es un argumento difícilmente sostenible, cuando se constata que en determinadas Comunidades Autónomas, el dinero de este Plan sirve para empeorar las condiciones educativas de los centros y supone una degradación de las condiciones laborales de los profesionales.

Por último, pedimos que en el Pacto se recoja la exigencia primordial y prioritaria del carácter educativo de todos los centros que acogen a niños y niñas de edades comprendidas entre los cero y los seis años, especialmente en los tres primeros años, independientemente del origen y carácter del servicio que presten.

Ello supone que deben cumplir los mismos requisitos de centros referidos a titulaciones, ratios y espacios, así como la obligación de elaborar y aplicar las propuestas pedagógicas. En cualquier caso, por razones de Protección a la Infancia, cualquier centro que atienda a niños y niñas de cero a seis años, debe tener una legislación propia de carácter estatal y de ámbito autonómico y municipal.

En estos momentos, está en funcionamiento una red asistencial aceptada y sometida al derecho común que es claramente atentatoria contra los Derechos de la Primera Infancia.

Proponemos que el concepto de servicio público de educación que también afecta a esta etapa sea revisado y que se recupere el concepto de Educación Pública a la luz de las siguientes consideraciones:
1. La situación de España con respecto a la educación concertada, está fuera del contexto europeo y sólo se explica por la continuidad de la situación planteada en la dictadura franquista.
2. Los conciertos educativos, cualquiera que fuera su intención inicial, han supuesto la polarización social en zonas urbanas y un retroceso en la participación de las familias y en la calidad de la educación. Este retroceso es consecuencia de la doble vía de selección del profesorado, de la selección de alumnos o de que las familias de clase media han escapado de los colegios con inmigrantes.

En relación a la Atención a la Diversidad pedimos que sea objeto de un punto específico, desarrollado más ampliamente, para que se relacione el Principio de Educación Inclusiva que establece la LOE y la revisión de las prácticas que, en desarrollo de las diferentes legislaciones estatales y autonómicas, hacen hoy día imposible su aplicación.

Muchas de estas normativas, (estatales y autonómicas), han supuesto un enorme retroceso respecto a las prácticas de integración, además de no cumplir su objetivo, convirtiéndose en algunas ocasiones en auténticas normativas segregadoras imposibles de conciliar con una Escuela Inclusiva.

Esto se produce en mayor o menor grado, en las prácticas de las diferentes comunidades y con mayor encono en la Comunidad de Madrid. Pero el último ejemplo a nivel estatal lo fija el propio pacto; además de los planteamientos que hemos propuesto para su revisión respecto a la Etapa de Infantil, también nos fijamos en la propuesta que hace el Gobierno respecto al curso de 4º de Educación Secundaria Obligatoria; es la reactivación de los itinerarios LOCE.

Aún cuando se hace el énfasis en el carácter orientador de este curso, es la abertura de una esclusa por la que pueden evacuarse alumnos y alumnas con más dificultades. No sólo rompe la comprensividad hasta los 16 años, sino que se convierte en un curso segregador. Todo ello difícilmente conciliable con los principios que la LOE afirma han de inspirar la Atención a la Diversidad.

Plataforma por la Defensa de la etapa 0-6 años. 15 de Febrero de 2010

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