Como Plataforma de Educación Infantil 06 entendemos que, además, la reducción drástica de las rarios y el aumento de profesionales y centros son elementos esenciales para poder ofrecer una educación con la dignidad y la seguridad que se merecen nuestros niños y niñas.
Dejamos aquí el texto de la carta que ayer viernes 26 se presentó en registro por la mañana. Veremos lo que nos contestan:
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AL DEFENSOR DEL PUEBLO
Está siendo habitual en el tratamiento de esta crisis sanitaria la falta de consideración hacia la infancia en las medidas que el Estado (1,3) y las Comunidades Autónoma (3), con independencia del territorio que gestionan, van adoptando frente a la pandemia, considerándola como un objeto instrumental siempre supeditado a otros colectivos y no como sujetos de pleno derecho que el Estado debe de salvaguardar como cualquier otro estrato social.
Así se confinó primero a la infancia por ser vector de contagio para no expandir la enfermedad sin tener presente las consecuencias sobre ella, ni articular ningún tipo de medida que minimizase las mismas. Dicha actitud se ve acentuada sobre el tramo de edad 0-6 años que además es especialmente señalado. Así en los planes de desescalada, los niños y niñas de 0-3 años vuelven a los Centros Educativos, no en virtud de la conveniencia para ellos, sino para facilitar la conciliación de sus familias. Es además a partir de este momento cuando se establecen una serie de medidas para prevenir futuros contagios de la población y prevenir el rebrote de la pandemia que se pueden resumir en:
- Distanciamiento social de al
menos 2 metros, 1,5 m. en la denominada nueva normalidad.
- Caso de no poder mantener el
distanciamiento, medidas de protección adecuadas a la actividad que se
realice. La principal es la utilización de mascarillas en todos los
lugares públicos.
- Extremar las medidas de
higiene, especialmente el lavado de manos en cualquier circunstancia en la
que se haya podido entrar en contacto con objetos o personas ajenas al
círculo familiar.
Y la
infancia 0-6 se consagra definitivamente como un tramo de edad invisible y
desamparada. El actor principal de un Centro de Educación Infantil es la primera
Infancia. A su condición no le es posible mantener una distancia de seguridad
(4,5), ni utilizar medidas de protección individual (6,7,8) y no es consciente
de la necesidad de hábitos de higiene y los mismos dependen de la intervención
permanente del adulto (4,5). El propio BOE-A-2020-5895 que regula la “nueva
normalidad”, en el Capítulo II art. 6.1 recoge “Las personas de seis años en
adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:”,
dándose por entendido que las personas menores de esa edad no deben usar
mascarillas.
Posteriormente se relajan aun las medidas mencionadas sin ni siquiera ser necesario mantener distancias, ni demás propuestas. Este grupo de edad tiene el derecho a ser protegido y proteger y no se tiene presente que este tramo 0-6 años (especialmente 0-3) es un grupo de riesgo porque está en su condición no solo no cumplirlas, sino incumplirlas. Es necesario articular alternativas que puedan ser aplicadas a esta primera infancia que tiene el derecho a ser protegida en sí misma, como lo amparan los principios 2, 7 y 8 de la Declaración de los Derechos del Niño de la ONU, la Convención de los Derechos del Niño a la que está adherida el Estado Español y que considera al niño como sujeto de protección y no sólo como objeto de la misma. En la propia Constitución Española en el artículo 14 se recoge “todos los españoles somos iguales ante la ley” siendo este grupo social discriminado en diversos decretos, órdenes e instrucciones por razón de edad.
Reclamamos que:
Posteriormente se relajan aun las medidas mencionadas sin ni siquiera ser necesario mantener distancias, ni demás propuestas. Este grupo de edad tiene el derecho a ser protegido y proteger y no se tiene presente que este tramo 0-6 años (especialmente 0-3) es un grupo de riesgo porque está en su condición no solo no cumplirlas, sino incumplirlas. Es necesario articular alternativas que puedan ser aplicadas a esta primera infancia que tiene el derecho a ser protegida en sí misma, como lo amparan los principios 2, 7 y 8 de la Declaración de los Derechos del Niño de la ONU, la Convención de los Derechos del Niño a la que está adherida el Estado Español y que considera al niño como sujeto de protección y no sólo como objeto de la misma. En la propia Constitución Española en el artículo 14 se recoge “todos los españoles somos iguales ante la ley” siendo este grupo social discriminado en diversos decretos, órdenes e instrucciones por razón de edad.
Reclamamos que:
- - Se articulen medidas
adecuadas para este grupo de edad de características específicas que
contemplen su protección ante el COVID-19 y sean compatibles con el deber
como ciudadano de no propiciar su propagación.
- - Estas medidas tienen que
contribuir a minimizar el riesgo de ser contagiado y contagiar de forma
equivalente a la minimización que se consigue con las propuestas
planteadas para la población en general. Pueden estar orientadas a reducir
los grupos de contacto y a establecer cordones sanitarios en los centros
educativos que les son propios. Para su articulación se propone la
creación de una mesa técnica con miembros de los colectivos implicados y
autoridades de la Sanidad Pública.
Solicitamos
por todo ello la intervención del Defensor del Pueblo
En Madrid a 26 de junio de 2020
En Madrid a 26 de junio de 2020
AMEIGI (Asociación Madrileña de Escuelas Infantiles de gestión indirecta)
JUNTA DE PORTAVOCES DE EDUCACIÓN INFANTIL PUBLICA 0-6
PLATAFORMA DE EDUCACION INFANTIL 0-6 DE MADRID (Acción E. MRP Madrid)
CCEIPM (Colectivo de Centros de Educación Infantil Pública de Madrid)
JUNTA DE PORTAVOCES DE EDUCACIÓN INFANTIL PUBLICA 0-6
PLATAFORMA DE EDUCACION INFANTIL 0-6 DE MADRID (Acción E. MRP Madrid)
CCEIPM (Colectivo de Centros de Educación Infantil Pública de Madrid)
Documentación adjunta:
1 BOE-A-2020-5895
2 Medidas de prevención, higiene, y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021
3 CIRCULAR CONJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN CONCERTADA, BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO RELATIVA A LA REAPERTURA DE LOS CENTROS DE LA RED PÚBLICA DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE LOS CENTROS PRIVADOS AUTORIZADOS PARA IMPARTIR PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL PARA REALIZAR ACTIVIDADES CON ALUMNOS DURANTE EL CURSO 2019/2020
4 PROPUESTA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PEDIATRÍA-AEP DE REAPERTURA DE CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL. Medidas específicas a considerar en el grupo de edad infantil (<6 a="" al="" br="" cole.="" con="" en="" la="" n="" nbsp="" os="" relaci="" vuelta=""> 5 Desarrollo evolutivo y necesidades básicas de los niños de 0 a 6 años.
6 Especificaciones UNE sobre el uso de mascarillas.
7 Propuestas de la Asociación Española de Pediatría sobre el uso de las mascarillas.
8 Recomendaciones_mascarillas_ambito_comunitario. 6>
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