Aunque el problema afecta a todas las etapas educativas es especialmente grave para infantil donde una intervención actual es imprescindible para recuperar años en el futuro y para no aumentar las desigualdades de inicio. En las condiciones actuales ya era difícil lograr becas para poder acceder a una Escuela Infantil o para hacerlo a un Centro de Estimulación Temprana. Tras esta normativa será casi imposible, además de la enorme tardanza en lograrlo para las excepciones que lo intenten.
La carta lo explica perfectamente, por lo que se están produciendo movilizaciones en todos los territorios contra esta Resolución descabellada e injusta.
La sugerencia que nos ha llegado, y que ya hemos puesto en marcha como Plataforma, es copiar la carta, personalizarla en función de que se sea organización o cualquier otra persona física o jurídica, firmarla (incluyendo DNI) y enviarla (por registro) a la Subdirección General de Becas del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, con copia a las diferentes Áreas Territoriales de Madrid.
A pesar de ser una normativa Estatal, las Comunidades tienen mucho que decir, porque no se pueden conculcar los mínimos fijados en el marco legal estatal, pero si pueden mejorarse por lo que la Comunidad de Madrid puede perfectamente optar por no establecer estos recortes a los derechos especiales de estos niños y niñas.
Desde la Plataforma por la defensa de la Educación Infantil 06 animamos a difundir esta iniciativa imprescindible, llevarla a término y movilizar todos los ámbitos que se valore pueden ayudar a anular esta barbaridad. Para ello, además de enviar las cartas tal como nos proponen los Equipos y Departamentos Orientación, las hemos entregado en la Asamblea de Madrid a los partidos políticos Podemos y Ciudadanos, con la esperanza de que el resto se sensibilicen también y detengan este nuevo atropello contra los más débiles.
Puedes copiar la carta y personalizarla:
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(DESTINATARIO....)
Ante la Resolución de 27 de julio de
2016 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y
Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo para el curso académico 2016-2017, los EOEP Y EAT queremos poner de
manifiesto las repercusiones que tienen los nuevos requisitos que se recogen en dicha orden,
para poder ser beneficiario de estas ayudas económicas:
Al igual que en cursos anteriores
los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de
orientación, debemos seguir acreditando mediante certificado que los alumnos
que lo solicitan presentan necesidades específica de apoyo educativo derivada
de discapacidad o trastornos graves de conducta. Sin embargo, a partir de esta
convocatoria, para poder emitir este certificado se incluye un nuevo
requisito:
“Tener el Certificado de
discapacidad o certificado de un equipo de valoración y orientación de un
centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano
correspondiente de la comunidad autónoma, en los supuestos de
discapacidad”.
Según nuestra experiencia en los
últimos cursos, desde que realizamos la detección y derivación de nnee a estos
servicios (CRECOVI, C.BASE) hasta que las familias reciben el certificado de
discapacidad, puede transcurrir un curso escolar.
En
el caso de los niños de 0-6 años tienen que esperar este tiempo para poder acceder a las plazas subvencionadas de tratamientos de estimulación en centros de
atención temprana (también es requisito este certificado) .Por lo que en muchos
casos tienen que recurrir a tratamientos privados con un elevado coste
económico.
Además., en cursos anteriores hemos
constatado que muchas familias se ven
obligadas a renunciar a la escolarización en escuelas infantiles de la red
pública por no poder hacer frente a las
elevadas cuotas si no cuentan con esta ayuda económica y no haber otras becas en estos centros.
Este nuevo requisito afecta también
de forma especial a aquellos alumnos de
0-6 años que no son susceptibles de tener un certificado de discapacidad, pero
que presentan retraso madurativo de carácter transitorio y en algunos casos
asociado a situaciones de riesgo social. Asimismo los alumnos que presentan
Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad TDAH o un Trastorno
Específico del Lenguaje (TEL) y que nunca han solicitado certificado de
discapacidad quedan excluidos de la posibilidad de solicitar la beca.
Un número considerable de nnee no
podrán beneficiarse de la estimulación
que proporciona la escuela infantil, así como recibir el seguimiento y apoyo
que proporcionan los EAT en estos centros. Por lo tanto se verán privados del
primer recurso educativo que asegura “la
cohesión social y la igualdad de oportunidades” a la que se hace mención en la
orden.
Como
EAT nuestra principal tarea es realizar
la detección precoz de situaciones que
pongan en riesgo el máximo desarrollo de
las potencialidades de cada niño/ a y procurar la atención y recursos necesarios para ello.
Por lo que solicitamos:
Que el certificado de discapacidad
no sea un requisito para poder solicitar esta beca, sino que como en años
anteriores, el certificado de nee que emitimos los equipos y departamentos de orientación sean
requisito suficiente. Según la normativa vigente son estos equipos y
departamentos el órgano competente para determinar las necesidades educativas a
las que están dirigidas estas becas.
(ORGANIZACIÓN O PERSONA FÍSICA....)
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